Tarifas

Cambio en la fórmula de la tarifa de energía en la comercialización: “Agravaría, casi de muerte, la actividad”. ¿Riesgo sistémico?

Una iniciativa del Gobierno en este sentido representaría una caída en el ingreso de las empresas comercializadoras de un billón de pesos. Además, también impactaría a los consumidores. ¿Peor el remedio que la enfermedad?

GoogleSiga las noticias de SEMANA en Google Discover y manténgase informado

28 de octubre de 2025, 6:49 p. m.
José Camilo Manzur Presidente de Asocodis
José Camilo Manzur, presidente de Asocodis | Foto: Getty Images / Semana

El Gobierno ha venido construyendo distintas alternativas para reducir las tarifas de energía. La movida más reciente fue un cambio propuesto por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) para disminuir, entre un 33% y 45%, el componente de comercialización de la tarifa, en el que también están otros como la generación y la transmisión.

Asocodis, el gremio que representa a los distribuidores y comercializadores de energía, alertó sobre el impacto que tendría esta medida, no solo para las empresas, sino también para los consumidores, en especial, los más vulnerables. Además, en una coyuntura tan compleja como la actual, en la que las empresas comercializadoras y distribuidoras atraviesan una compleja situación financiera.

De acuerdo con el análisis del gremio, para un usuario vulnerable de estrato 1, cuyo consumo máximo llega hasta el consumo subsidiable, la disminución en su factura puede representar aproximadamente 2.400 pesos mensuales. “Sin embargo, para las empresas comercializadoras de energía esta rebaja de cada usuario implicaría una caída en su ingreso anual en más de un billón de pesos, situación que, sin lugar a dudas, agravaría, casi que, de muerte, la actividad de comercialización, y por ende representaría un riesgo sistémico en toda la cadena de prestación del servicio”, dice el informe.

Explica la compleja situación financiera que enfrentan las empresas distribuidoras y comercializadoras, dado que tienen recursos por recuperar cercanos a 6 billones de pesos, que corresponden a cerca de dos años de ingreso bruto de remuneración.

Creg, logo
La Creg propuso una reducción del componente de comercialización de la tarifa de energía entre un 33% y 45%, como parte de las medidas del Gobierno para aliviar los costos. | Foto: web de la CREG

Las cifras son las siguientes: 2,1 billones de pesos de subsidios, 2,6 billones de saldos de la opción tarifaria y 1,3 billones de deudas de usuarios oficiales.

Agrega el gremio que, con estos datos, más la propuesta de la Creg, se puede materializar la inviabilidad de muchos prestadores del servicio, afectando –precisamente- la prestación del servicio para muchos colombianos. “Debe considerarse también que la cifra anterior (de los 6 billones de pesos) se incrementa cerca de 300.000 millones de pesos mensuales por concepto de subsidios, dado que no hay más recursos apropiados en el Presupuesto General de la Nación de 2025, y los saldos por recuperar pueden llegar a diciembre a una suma cercana a los 7 billones de pesos”, advierte Asocodis.

Ante una eventual reducción en el componente de comercialización, las empresas prestadoras de este servicio estarían ante una difícil encrucijada: honrar compromisos e inversiones o continuar financiando subsidios. “La decisión para las empresas, sobre todo las pequeñas que son las más vulnerables, es obvia: priorizar su compromiso de seguir prestando el servicio a todo el mercado, lo que evidentemente afectaría que puedan continuar las empresas financiando los subsidios (que es una obligación del Estado) y esto podría implicar un incremento promedio alrededor del 90% en la factura de un usuario de estrato 1, en el caso de que los subsidios se financien solo con las contribuciones que pagan los usuarios de los estratos 5, 6 y comerciales”.

Aunque las cifras que ha reflejado Asocodis corresponden a promedios, cuando se llega a casos particulares el efecto podría ser mucho mayor. Y lo explica así: por ejemplo, para un mercado como el de AIR-e, por cuenta del componente de comercialización el ingreso para este prestador del servicio se reduciría en cerca de un 35%, lo que implicaría su inviabilidad y agravaría la situación de este mercado que hoy es muy crítica, y el ahorro para un usuario de estrato 1 en dicho mercado sería de una disminución mensual aproximada de $6.000.

Mensualmente, Air-e pierde, en promedio, 150.000 millones de pesos. Si Gecelca asume la operación, para muchos se pondría en riesgo la sostenibilidad financiera de esta generadora.
Air-e advierte que la propuesta de la Creg podría agravar la situación económica de las empresas distribuidoras en la Costa Caribe. | Foto: COLPRENSA

“Sin embargo, en caso de que la situación obligue a que dicha empresa no pueda continuar financiando subsidios y solo se puedan financiar con las contribuciones mencionadas, el valor de la factura de este mismo usuario de estrato 1 se incrementaría en cerca de 55.000 pesos (95%). Pero hay casos más críticos, por ejemplo, en el mercado del Chocó, atendido por DISPAC, toda vez que la disminución para el usuario de estrato 1 por cuenta del componente de comercialización sería de 6.500 pesos mensuales, pero el impacto de no continuar otorgando subsidios para un usuario de estrato 1 en esa región le implicaría un incremento en la factura de aproximadamente $74.000 (140%)”, asegura el gremio de las distribuidoras.

Por otra parte, en el caso de aplicarse la propuesta regulatoria, el gremio asegura que de las 21 empresas que hacen parte de él, 7 de ellas, que representan el 45% de la demanda agremiada, tendrían disminuciones de ingresos superiores al 30%, “lo que, sin lugar a dudas, haría inviable el desarrollo de su labor de comercialización, ocasionando afectación no solo en los mercados atendidos por dichas empresas, sino también sobre el sistema eléctrico en general dada la situación crítica de liquidez lo que les impediría honrar las obligaciones del mercado (contratos, bolsa, transporte-STN, inversiones, entre otras), es decir, un efecto en cadena que llevaría al sistema a una crisis”.

Para Asocodis, la propuesta de la Creg tiene dificultades jurídicas, “toda vez que el artículo 10 de la Resolución CREG 701-038 de 2024, no se ajusta a las disposiciones legales al pretender mediante circular, evadir el procedimiento de expedición de actos tarifarios de carácter particular, reglado en los artículos 106 a 115 y 124 a 127 de la Ley 142 de 1994, en concordancia con el 46, parágrafo 1 de la Ley 143 de 1994. La Comisión debe conceder a las empresas la actuación administrativa y los recursos de la vía gubernativa, para aprobar los costos y gastos que debe utilizar cada empresa para calcular las componentes de la estructura de tarifas de la comercialización. Con esta circular se está fijando indirectamente el cargo de comercialización, pero evadiendo las garantías que brinda a los interesados la actuación administrativa y los recursos que se pueden interponer contra el acto mediante la vía gubernativa. Sin duda alguna se vulnera el debido proceso y se atenta contra las garantías de las empresas. Este tema ha sido estudiado y enviado a la Creg a través de un concepto de un Asesor Jurídico con amplia experiencia en estos temas regulatorios”.

Ante este panorama, no se descartan demandas de nulidad y restablecimiento del derecho.