Economía
El decreto de retefuente del Gobierno Petro impone muchos más impuestos a los contratos por prestación de servicios. Haga cuentas
Dos tributaristas explican cómo la polémica norma con la que la Casa de Nariño busca recaudar billones, termina impactando el bolsillo de miles de colombianos.

El gobierno de Gustavo Petro sorprendió a los colombianos con un decreto que, a juicio de los expertos, puede poner a muchos en jaque. La norma cambia las reglas del juego a mitad de camino para 2025 y le descuadrará la caja a miles de empresas, pero también impactará a millones de colombianos. Se aumentan tarifas, se reducen exenciones y se amplía el alcance de la retención en la fuente.
Se trata, para los críticos, de “una reforma tributaria camuflada por decreto, sin pasar por el Congreso ni someterse al debate democrático”, como sostiene el tributarista Juan Pablo Suárez.
“Es una irresponsabilidad fiscal: desde el primero de junio, el Gobierno aumenta la autorretención en la fuente, exprimiendo la caja de muchas empresas para tapar el hueco de este año, pero abriendo otro más grande para el siguiente”, advirtió la presidenta de AmCham, María Claudia Lacouture.

La exministra también la calificó como una reforma tributaria por decreto que “da pan para hoy… y hambre para mañana”.
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La norma tiene múltiples implicaciones con gran impacto. Por ejemplo, se ha advertido que aumenta el valor de los impuestos que tendrán que pagar los colombianos si venden su casa.
Pero también tiene otras implicaciones que se han conocido menos y que tocan a una gran cantidad de personas, por ejemplo, a quienes tienen contratos por prestación de servicios.

Suárez, líder de tributario de CMM Estudio Legal, lo explica así: “Antes los pagos por prestación de servicios solo obligaban a practicar retención en la fuente, si el pago era superior a 4 UVT ($ 199.196); ahora, se deberá practicar retención para cualquier pago por encima de 2 UVT ($ 99.598)”.
La tributarista Catalina Plazas agrega: “El Decreto 572 del 28 de mayo de 2025 introdujo varias modificaciones importantes relacionadas con la retención en la fuente en materia de impuestos sobre la renta y con la autorretención especial. Varias de estas modificaciones impactan significativamente la prestación de servicios”.

Plazas, socia de MPV abogados, detalla cuáles son esos cambios y pone de presente el mismo punto que Suárez resalta. “La norma modificó el umbral a partir del cual debe practicarse la retención en la fuente por servicios. Antes no había lugar a retención en la fuente sobre pagos o abonos en cuenta por prestación de servicios, cuya cantidad individual fuera inferior a 4 UVT. Esto es 199.196 pesos. Este umbral por el decreto se baja a tan solo dos UVT, es decir, a la mitad. Eso quiere decir que a partir de 99.598, ya está la obligación de practicar la retención en la fuente por servicios”.
La abogada también cuenta que habrá retención en la fuente por otros ingresos, “la norma precisa que dentro de los pagos o abonos en cuenta por ingresos exceptuados de retención en la fuente, en razón a la cuantía, se disminuye el umbral de 27 UVT, que era el vigente, que es 1.344.573 a 10 UVT, que son tan solo 497.990″.
También cambian las tarifas de la autorretención especial en la fuente de renta regulada.
Código CIIU | Actividad económica | Tarifa (Hasta 31 de mayo de 2025 | Tarifa (A partir del 1 de junio de 2025) |
---|---|---|---|
111 | Cultivo de cereales (excepto arroz), legumbres y semillas oleaginosas | 0,55% | 1,20% |
112 | Cultivo de arroz | 0,55% | 1,20% |
113 | Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos | 0,55% | 1,20% |
115 | Cultivo de tabaco | 0,55% | 1,20% |
119 | Otros cultivos transitorios n.c.p. | 0,55% | 1,20% |
121 | Cultivo de frutas tropicales y subtropicales | 0,55% | 1,20% |
122 | Cultivo de plátano y banano | 0,55% | 1,20% |
123 | Cultivo de café | 0,55% | 1,20% |
124 | Cultivo de caña de azúcar | 0,55% | 1,20% |
125 | Cultivo de flor de corte | 0,55% | 1,20% |
126 | Cultivo de palma para aceite (palma africana) y otros frutos oleaginosos | 0,55% | 1,20% |
127 | Cultivo de plantas con las que se preparan bebidas | 0,55% | 1,20% |
128 | Cultivo de especias y de plantas aromáticas y medicinales | 0,55% | 1,20% |
129 | Otros cultivos permanentes n.c.p. | 0,55% | 1,20% |
130 | Propagación de plantas (actividades de los viveros, excepto viveros forestales) | 0,55% | 1,20% |
141 | Cría de ganado bovino y bufalino | 0,55% | 1,20% |
142 | Cría de caballos y otros equinos | 0,55% | 1,20% |
143 | Cría de ovejas y cabras | 0,55% | 1,20% |
144 | Cría de ganado porcino | 0,55% | 1,20% |
145 | Cría de aves de corral | 0,55% | 1,20% |
1020 | Procesamiento y conservación de frutas, legumbres, hortalizas y tubérculos | 0,55% | 1,20% |
1031 | Extracción de aceites de origen vegetal crudos | 0,55% | 1,20% |
1102 | Elaboración de bebidas fermentadas no destiladas | 0,55% | 1,20% |
1200 | Elaboración de productos de tabaco | 0,55% | 1,20% |
1392 | Confección de artículos con materiales textiles, excepto prendas de vestir | 0,55% | 1,20% |
1399 | Fabricación de otros artículos textiles n.c.p. | 0,55% | 1,20% |
1513 | Fabricación de artículos de viaje, bolsos de mano y artículos similares; artículos de talabartería y guarnicionería elaborados en otros materiales | 0,55% | 1,20% |
1523 | Fabricación de partes del calzado | 0,55% | 1,20% |
1620 | Fabricación de hojas de madera para enchapado; fabricación de tableros contrachapados, tableros laminados, tableros de partículas y otros tableros y paneles | 0,55% | 1,20% |
1690 | Fabricación de otros productos de madera; fabricación de artículos de corcho, cestería y espartería | 0,55% | 1,20% |
1702 | Fabricación de papel y cartón ondulado (corrugado); fabricación de envases, empaques y de embalajes de papel y cartón | 0,55% | 1,20% |
1811 | Actividades de impresión | 0,55% | 1,20% |
1921 | Fabricación de productos de la refinación del petróleo | 0,55% | 1,20% |
1922 | Actividad de mezcla de combustibles | 0,55% | 1,20% |
2011 | Fabricación de sustancias y productos químicos básicos | 0,55% | 1,20% |
2021 | Fabricación de plaguicidas y otros productos químicos de uso agropecuario | 0,55% | 1,20% |
2022 | Fabricación de pinturas, barnices y revestimientos | 0,55% | 1,20% |
2212 | Reencauche de llantas usadas | 0,55% | 1,20% |
2219 | Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de caucho n.c.p. | 0,55% | 1,20% |
2221 | Fabricación de formas básicas de plástico | 0,55% | 1,20% |
2229 | Fabricación de artículos de plástico n.c.p. | 0,55% | 1,20% |
2310 | Fabricación de vidrio y productos de vidrio | 0,55% | 1,20% |
2391 | Fabricación de productos refractarios | 0,55% | 1,20% |
2392 | Fabricación de materiales de arcilla para la construcción | 0,55% | 1,20% |
2670 | Fabricación de instrumentos ópticos y equipo fotográfico | 0,55% | 1,20% |
2680 | Fabricación de medios magnéticos y ópticos para almacenamiento de datos | 0,55% | 1,20% |
2711 | Fabricación de motores, generadores y transformadores eléctricos | 0,55% | 1,20% |
2712 | Fabricación de aparatos de distribución y control de la energía eléctrica | 0,55% | 1,20% |
2720 | Fabricación de pilas, baterías y acumuladores eléctricos | 0,55% | 1,20% |
2732 | Fabricación de dispositivos de cableado | 0,55% | 1,20% |
2790 | Fabricación de otros tipos de equipo eléctrico n.c.p. | 0,55% | 1,20% |
2819 | Fabricación de otros tipos de maquinaria y equipo de uso general n.c.p. | 0,55% | 1,20% |
2821 | Fabricación de maquinaria agropecuaria y forestal | 0,55% | 1,20% |
3319 | Mantenimiento y reparación de otros tipos de equipos y sus componentes n.c.p. | 0,55% | 1,20% |
3511 | Generación de energía eléctrica | 2,20% | 4,50% |
3514 | Comercialización de energía eléctrica | 2,20% | 4,50% |
3520 | Producción de gas; distribución de combustibles gaseosos por tuberías | 2,20% | 4,50% |
3600 | Captación, tratamiento y distribución de agua | 2,20% | 4,50% |
3700 | Evacuación y tratamiento de aguas residuales | 2,20% | 4,50% |
3811 | Recolección de desechos no peligrosos | 2,20% | 4,50% |
4330 | Terminación y acabado de edificios y obras de ingeniería civil | 1,10% | 3,50% |
4390 | Otras actividades especializadas para la construcción de edificios y obras de ingeniería civil | 1,10% | 3,50% |
4791 | Comercio al por menor por correo, casas de pedido o por Internet | 1,10% | 3,50% |
6110 | Actividades de telecomunicaciones alámbricas | 2,20% | 3,50% |
6120 | Actividades de telecomunicaciones inalámbricas | 2,20% | 3,50% |
6130 | Actividades de telecomunicación satelital | 2,20% | 3,50% |
6190 | Otras actividades de telecomunicaciones | 2,20% | 3,50% |
6615 | Actividades de los profesionales de divisas | 1,10% | 3,50% |
6820 | Actividades inmobiliarias realizadas a cambio de una retribución o por contrata | 1,10% | 3,50% |
7490 | Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.p. | 1,10% | 3,50% |
7721 | Alquiler y arrendamiento de equipo recreativo y deportivo | 1,10% | 3,50% |
7740 | Arrendamiento de propiedad intelectual y productos similares, excepto obras protegidas por derechos de autor | 1,10% | 3,50% |
7820 | Actividades de empresas de servicios temporales | 1,10% | 3,50% |
7912 | Actividades de operadores turísticos | 1,10% | 3,50% |
7990 | Otros servicios de reserva y actividades relacionadas | 1,10% | 3,50% |
8010 | Actividades de seguridad privada | 1,10% | 3,50% |
8121 | Limpieza general interior de edificios | 1,10% | 3,50% |
8130 | Actividades de paisajismo y servicios de mantenimiento conexos | 1,10% | 3,50% |
8211 | Actividades combinadas de servicios administrativos de oficina | 1,10% | 3,50% |
8291 | Actividades de agencias de cobranza y oficinas de calificación crediticia | 1,10% | 3,50% |
8414 | Actividades reguladoras y facilitadoras de la actividad económica | 1,10% | 3,50% |
8691 | Actividades de apoyo diagnóstico | 1,10% | 3,50% |
8692 | Actividades de apoyo terapéutico | 1,10% | 3,50% |
8720 | Actividades de atención residencial, para el cuidado de pacientes con retardo mental, enfermedad mental y consumo de sustancias psicoactivas | 1,10% | 3,50% |
9321 | Actividades de parques de atracciones y parques temáticos | 1,10% | 3,50% |
9329 | Otras actividades recreativas y de esparcimiento n.c.p. | 1,10% | 3,50% |
9411 | Actividades de asociaciones empresariales y de empleadores | 1,10% | 3,50% |
9412 | Actividades de asociaciones profesionales (Anteriormente: Actividades de sindicatos de empleados) | 1,10% | 3,50% |
9420 | Actividades de sindicatos de empleados | 1,10% | 3,50% |
9491 | Actividades de asociaciones religiosas | 1,10% | 3,50% |
9492 | Actividades de asociaciones políticas | 1,10% | 3,50% |
9499 | Actividades de otras asociaciones n.c.p. | 1,10% | 3,50% |