Economía
“Eso no es ninguna emergencia económica, eso lo que necesita es gerencia”, dice el representante Óscar Darío Pérez
Al pronunciarse en torno a las medidas que anunció el Gobierno Petro para atender la crisis del Catatumbo, el congresista advirtió que la falta de ejecución del presupuesto y el alto gasto en funcionamiento son realmente las condiciones que están impulsando al Gobierno a tomar esas determinaciones.
La violenta crisis que se desató en Norte de Santander, en el área del Catatumbo, debido a los enfrentamientos entre la guerrilla del ELN y las disidencias de las Farc, que ha dejado cerca de un centenar de muertos y miles de desplazados, llevó al Gobierno a declarar la conmoción interior y la emergencia económica para atender esta dramática situación. Sin embargo, las reacciones han señalado las limitaciones de estas medidas, ya que hasta ahora no se conocen los respectivos decretos.
Los debates jurídicos y políticos no se han hecho esperar. Óscar Darío Pérez es uno de los congresistas de mayor conocimiento en el Congreso en materia económica, en especial, en el campo tributario.
Para él, las consideraciones y las motivaciones de la conmoción y de la emergencia son muy diferentes. “En cuanto a la conmoción interior, no sé qué hecho sobreviviente le llegó al gobierno de sorpresa. La violencia es en todo el país, gracias a esa política errónea de paz total, que lo que ha hecho es incentivar a la delincuencia para que se sienta en una mesa a tomar del pelo al país. Ahí no hay ninguna seriedad. No encuentro ningún hecho sobreviniente para que decreten una conmoción interior”, dijo Pérez.
Explicó que el tema de la emergencia económica también implica unas condiciones, que para él son claras: “La falta de ejecución del presupuesto, eso le corresponde al Ejecutivo hacerlo, no lo hizo durante el año 2024. El gasto exagerado en funcionamiento, burocracia, embajadas, consulados, entidades públicas, contratos de prestación de servicios, 900 mil prestadores públicos del Estado Central bajo la figura de contrato de prestación de servicios, cerca de 300 mil expedidos por este gobierno. Eso no es ninguna emergencia económica, eso lo que necesita es gerencia”, advirtió el congresista.
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Pérez anticipó que, a la luz de esa emergencia económica, tendrá que ser convalidada por la Corte Constitucional y el Congreso, y manifestó que, incluso, el Congreso puede considerar que no son satisfactorias las razones por las cuales la decretan.
Frente a los alcances de las decisiones, en materia tributaria, Pérez manifestó que, a la luz de esos decretos de emergencia económica, se pueden decretar impuestos, modificar impuestos actuales, y tiene unas competencias temporales, por un tiempo específico para poder hacer modificaciones presupuestales y tributarias.
“Esto es absolutamente inconveniente para un país que ha crecido con muy poco porcentaje en el año 2024, todavía no se sabe cuál es el crecimiento real, pero que viene de un crecimiento famélico del 2023 del 0.6 %. Así que, muchas dudas, muchas sombras sobre las razones de lo uno y de lo otro, y muy pocas probabilidades, diría yo, de que el Congreso de la República le acepte las razones y que la Corte Constitucional le avale ambos decretos, o ambas decisiones”, anticipó el congresista.
Señaló, en materia de impuestos, hasta dónde puede llegar el Gobierno y mencionó que, incluso, puede suspender en algunos artículos el estatuto tributario. “Puede decir, por ejemplo, que las regalías no son deducibles, a pesar de que la Corte ya dijo que sí lo eran. O puede aumentar las bases gravables del impuesto de renta, o puede modificar el IVA, o la retención en la fuente, o puede modificar el impuesto al patrimonio”.
También manifestó que puede modificar la renta para el año entrante, pero puede aumentar la retención en la fuente, inmediata, si necesita recursos ya. “La retención en la fuente es el anticipo del impuesto del año siguiente, entonces puede decir: las retenciones en la fuente ahora son mayores. Y podría también tocar IVA, para recaudos inmediatos, y podría tocar impuesto al consumo. Y podría decretar un impuesto extraordinario al patrimonio. Por ejemplo, manifestar que los contribuyentes que el 31 de diciembre del año 2024 tenían un patrimonio superior a mil millones, cuando la ley habla de cinco mil, deben pagar impuesto al patrimonio y tienen plazo hasta un determinado mes”, explicó Pérez, pero advirtió: “Puede hacer todo eso, pero lo que pasa es que después no le pasa. Acuérdese cuando Duque decretó un impuesto excepcional para los altos salarios del Estado de un 20 %, la corte lo tumbó, tocó devolver la plata”.
Además de poder impulsar temas tributarios, el Gobierno con las medidas podría suspender algunas leyes, y la preocupación es que lo intente con la regla fiscal, para buscar mayor espacio de endeudamiento. Para Pérez, la regla fiscal no tiene nada que ver con la conmoción interior. En el campo de la emergencia económica, siendo una ley, se ocupa de dos temas, del déficit fiscal y de la deuda pública como porcentaje del PIB. “Entonces, suponga que modifique la regla fiscal, que yo creo que lo podría hacer, porque es una modificación de una ley. Si lo hace, y la corte no le pasa eso, le toca restablecer las condiciones en las que estaba”.
“Eso no deja de ser un galimatías”, sentenció el congresista y anunció que el presidente Petro tiene que convocar al Congreso para explicar las razones, “y si no lo convoca el Congreso se autoconvoca en forma oficiosa, y el Congreso puede decirle que no hay razones. Si no hay razones, pues no tiene lugar ni la conmoción interior ni la emergencia económica”, puntualizó.