Seguridad social
La reforma pensional trae un cambio que les servirá a muchas colombianas. Acá le explicamos de qué se trata
Se abre la puerta para que las mujeres que no cotizan para su jubilación puedan conseguir una mesada de máximo un salario mínimo. Estos son los requisitos.


En el país hay 21 millones de mujeres de más de 15 años, es decir, que están en edad de trabajar, pero de ellas solo 9,9 millones tienen empleo, ya sea formal o informal. El resto están desempleadas (1,42 millones) o se encuentran por fuera de la fuerza laboral porque se dedican a estudiar, al hogar, viven de rentas, tienen incapacidad permanente o son pensionadas.
Esto implica que solo el 47 por ciento de las mujeres que pueden trabajar, en efecto, lo hacen, mientras que entre los hombres esa cifra es del 71 por ciento. Esa gran brecha no solo tiene implicaciones en la inequidad laboral entre los dos géneros, sino también a la hora de la jubilación, pues en Colombia se pensionan más hombres que mujeres.
Estudios realizados por el fondo de pensiones Protección indican que la brecha en la mesada pensional entre mujeres y hombres puede superar los 2,8 millones de pesos en algunas ocupaciones. Por ejemplo, un abogado se pensiona en promedio con 5,6 millones de pesos, mientras que una abogada alcanza 2,8 millones. En el caso de los médicos, los hombres acceden a 3,9 millones de pesos y las mujeres a 2,7 millones. A nivel territorial, los departamentos con mayores diferencias pensionales entre géneros son Valle del Cauca (800.768 pesos), Caquetá (653.861) y Antioquia (645.975).
Las pensionadas mantienen las brechas económicas en comparación con sus pares hombres, pero la situación más crítica es la de aquellas que no logran acceder a una pensión, quedando sin sustento pese a trabajar en sus hogares de sol a sol. Actualmente, quienes lograron cotizar unos pocos años reciben la devolución de sus ahorros (dinero que suele no durarles mucho), mientras que las demás quedan completamente desprotegidas.
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Pese a las múltiples críticas que se le hacen a la reforma pensional, Ley 2381 de 2024, esta trae un artículo que les puede mejorar la vida a muchas de esas mujeres que hoy no tienen la más mínima esperanza de pensión. Si la Corte Constitucional declara exequible la reforma, cuando entre en vigencia, va a permitir que terceros (cónyuge, hijos, familiar o amigo) coticen de forma independiente por esa mujer, con el fin de que pueda lograr una mesada máxima de un salario mínimo. Esto aprovechando que la reforma va a tener un pilar semicontributivo que permite mesadas por debajo del mínimo.
El requisito es que la mujer sea beneficiaria en salud de su esposo o hijos, o que esté afiliada al régimen subsidiado, que reciba ingresos menores a un salario mínimo y que no tenga un vínculo laboral o contractual.
El abogado laboralista Misael Triana señala que este artículo implica un gran avance, pues hoy no está permitido cotizar solo a pensión, se requiere también hacerlo a salud y eso resulta muy costoso para el grueso de la población. Hoy, para cotizar de forma independiente a seguridad social por un salario mínimo, se deben pagar 430.000 pesos mensuales, pero si solo se cotiza a pensión, el pago baja a 227.610 pesos.
Este experto considera que este artículo (que es el número 21 de la ley) va a requerir una reglamentación para poder crear el subtipo de cotizante, pero que, en lo que quedó aprobado, no se establece un límite de edad para las mujeres que podrían ser beneficiarias.
En Miplanilla.com, uno de los operadores de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), dicen que para aplicar esta nueva norma van a tener una base en la que verificarán que la posible beneficiaria cumpla con los requisitos, y luego, el tercero que aportará por ella lo podrá hacer de la misma manera en la que hoy cotizan a seguridad social todos los trabajadores independientes.