Economía
MinHacienda celebra la aprobación en Cámara del proyecto de alivio tributario en el impuesto predial
El ministro precisó que en el caso de que las viviendas superen los 650 millones de pesos, esta cifra llegaría hasta el 200 %.
El ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, celebró que este miércoles la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes aprobó en primer debate el Proyecto de Ley 292 que establece topes para los aumentos del impuesto predial y permite a las autoridades locales definir incrementos dentro de los límites fijados, para una tributación más equitativa.
El jefe de la cartera explicó que se trata de un alivio tributario en el impuesto predial, para prever las consecuencias de la actualización catastral que se está realizando en Colombia. Bonilla aprovechó la oportunidad para explicar cómo funcionaria.
“Actualmente, cuando se hace la actualización catastral, esta se convierte en la base gravable del impuesto predial para el año siguiente, si el avalúo catastral aumenta hasta 3.000 %, como están dadas las condiciones, el impuesto predial puede aumentar hasta el 1.000 %. Este proyecto lo que hace es generar una atenuación en el cobro del impuesto predial de hasta el 30 % de lo que pagó el en caso de vivienda de interés social”, dijo.
El ministro precisó que en el caso de que las viviendas superen los 650 millones de pesos, esta cifra llegaría hasta el 200 %.
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¡A Plenaria de @CamaraColombia iniciativa que limita alzas en el predial🇨🇴!
— MinHacienda (@MinHacienda) June 19, 2024
El Proyecto de Ley 292 establece topes para los aumentos del impuesto predial y permite a las autoridades locales definir incrementos dentro de los límites fijados, para una tributación más equitativa. pic.twitter.com/lhWYxTnB2u
“Este proyecto, que pasa a la Plenaria de la Cámara de Representantes, pone un techo al cobro del impuesto predial”, agregó el jefe de la cartera de Hacienda tras explicar que es potestad de las autoridades locales y de los concejos municipales definir el porcentaje del incremento, sin sobrepasar el techo establecido en esta iniciativa legislativa.
La ministra de Agricultura y Desarrollo Rural, Jhenifer Mojica, explicó durante el debate que, “esta es una muestra de que podemos sobreponernos a las diferencias y trabajar juntos, Gobierno Nacional y Congreso para buscar los mecanismos más favorables para los y las colombianas, poniendo techos a los impuestos prediales y que se regulen los estatutos tributarios desde los municipios”.
El director General del IGAC, Gustavo Marulanda Morales afirmó que “este proyecto que se radicó desde diciembre de 2023, en el cual entidades como los Ministerios de Hacienda, Agricultura, DNP, DANE e IGAC, hemos trabajado junto al Congreso de la República para darle buenas noticias al país: habrá topes hasta del 30% del valor”.
La iniciativa establece que El proyecto establece que, para el año de entrada en vigencia de la actualización catastral se hará “hasta el 30 % del monto liquidado por el mismo concepto el año inmediatamente anterior para: “los predios urbanos con destino económico habitacional o comercial y cuyo avalúo catastral sea menor o igual 135 SMLMV ($175.500.000), los predios rurales que se encuentran dentro de alguna de las siguientes categorías asociadas a destinos económicos y/o uso del suelo: habitacional, comercial rural o de soportes de infraestructura; áreas para producción agropecuaria; institucional y áreas de conservación y protección; y cuyo avalúo catastral sea menor o igual a 135 SMLMV ($175.500.000)”.
Además, contempla hasta el 75 % del monto liquidado por el mismo concepto el año inmediatamente anterior para los predios urbanos con destino económico habitacional o comercial cuyo avalúo catastral sea superior a 135 SMLMV ($175.500.000) y menor o igual a 250 SMLMV ($325.000.000) y los predios rurales cuyo avalúo catastral sea superior a 135 SMLMV ($175.500.000) y hasta 250 SMLMV ($325.000.000).
También los predios urbanos y rurales de otros destinos económicos con avalúos catastrales hasta 350 SMLMV ($455.000.000) y hasta el 150 % del monto liquidado por el mismo concepto el año inmediatamente anterior para los predios urbanos y rurales con avalúos catastrales superiores a 350 SMLMV ($455.000.000) y hasta 500 SMLMV ($650.000.000), como también el 200 % del monto liquidado por el mismo concepto el año inmediatamente anterior para los predios urbanos y rurales cuyo avalúo catastral sea superior a 500 SMLMV ($650.000.000).
Se espera que, luego de darse la aprobación en segundo y tercer debate en Cámara de Representantes, el proyecto pase al Senado y se convierta en ley de la República.