Economía
Importantes modificaciones a las incapacidades laborales en Colombia; esto dice la nueva resolución
El Ministerio de Trabajo emitió la nueva resolución que regirá este aspecto.


Una nueva resolución expedida por el Ministerio de Trabajo de Colombia está marcando un punto de inflexión en el manejo de las incapacidades laborales en el país.
A partir de su entrada en vigencia, se implementan cambios significativos que impactan tanto a los empleadores como a los trabajadores del sistema general de seguridad social.
Esta normativa busca mejorar los procedimientos, garantizar una mayor eficiencia en la evaluación de incapacidades y ajustar los tiempos y formas de pago, en consonancia con las necesidades actuales del mercado laboral y la salud pública.

Por medio de la resolución 1843 de 2025, emitida el 29 de abril de 2025, se establece nuevos lineamientos para la expedición, justificación y control de las incapacidades médicas. Uno de los principales cambios es la creación de un sistema más riguroso de verificación para evitar incapacidades injustificadas o prolongadas sin razón clínica debidamente soportada.
Lo más leído
Para ello, se exigirá una mayor trazabilidad en los diagnósticos y un reporte digital en tiempo real por parte de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y los prestadores de servicios de salud.
Los nuevos controles que se darán a personas con incapacidades mayores a 30 días serán:
- Evaluación médica post-incapacidad.
- Evaluación médica para el retorno laboral.
- Evaluación médica de seguimiento ocupacional y de control.
Tras la divulgación de la resolución en los últimos días del mes de abril, la cartera emitió un comunicado de prensa para aclarar algunos de los aspectos más importantes.

¿Cuáles fueron las aclaraciones dadas por el Ministerio de Trabajo?
1. Esta resolución emitida por la cartera laboral busca establecer óptimas condiciones de trabajo, garantizando un marco normativo claro y actualizado con el fin de asegurar condiciones laborales seguras y dignas que buscan proteger la salud de los trabajadores.
2. Se adoptan especificaciones técnicas alineadas con los estándares internacionales, en especial:
- La evaluación médica por retorno laboral, y la evaluación médica ocupacional, de seguimiento o de control.
- Se adoptan medidas antidiscriminatorias en materia laboral, específicamente en lo que respecta a la exigencia de pruebas de embarazo y VIH.
- Regulación del costo de los desplazamientos y manutención (alojamiento y alimentación) para la realización de las evaluaciones médicas ocupacionales periódicas en caso de requerirse traslados intermunicipales.
- Prestar servicios con calidad, continuidad, integralidad, oportunidad, transversalización y equidad de género en exámenes ocupacionales.
- Implementar y ejecutar un programa de pausas activas durante la jornada laboral, destinadas a realizar actividades preventivas que mejoren la salud física y mental de los trabajadores dependientes e independientes, respetando la libertad de conciencias, credos, estados de salud, posturas culturales, políticas y formas de vida, evitando toda forma de discriminación o exclusión.