Empresas
Multan a importante empresa de cosméticos en Colombia: SIC se pronunció tras millonaria sanción
Habría vulnerado los derechos de los consumidores.

La Superintendencia de Industria y Comercio emitió un comunicado este 22 de julio en el que informó sobre una nueva sanción que impartió contra una reconocida empresa que se dedica a la comercialización de cosméticos, tras vulnerar presuntamente los derechos de los consumidores que acudieron al portal web de la tienda y a los establecimientos físicos de la misma.
Se trata de la sociedad Prosalon Distribuciones S.A.S., que es, a su vez, propietaria de los establecimientos Cromantic, con una multa de $ 589.614.080. La decisión de impartir una multa fue tomada por la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor.

Entre las razones que encontró la entidad para definir la sanción se encontró que durante los eventos en que las y los consumidores buscaban hacer efectiva la garantía de los productos, Prosalon no expidió las constancias de recibo y reparación de estos.
Adicional a ello, la sociedad habría condicionado el ejercicio del derecho de retracto a la entrega de la factura original de compra del producto o del documento que acreditara que este fue adquirido a través de canales no presenciales.
“En distintas campañas promocionales adelantadas en su página web, Prosalon omitió información sobre las condiciones de tiempo, modo y otros requisitos para acceder a los incentivos”, indicó el organismo.

Además de ello, precisan que en su sitio web la sociedad investigada no suministró información “cierta, fidedigna, suficiente, clara y actualizada” en relación con las características esenciales del producto ‘Labial Maybelline Superstay Matte Ink Philosophie’.
La SIC precisó que la industria cosmética y de cuidado personal representa el 3 % del PIB nacional, según cifras de la Andi, lo que permite evidenciar una tendencia de consumo creciente de los productos cosméticos y de cuidado personal en el mercado colombiano.

Finalmente, indicó la SIC que contra el acto administrativo sancionatorio procede el recurso de reposición ante la directora de Investigaciones de Protección al Consumidor y de apelación ante la superintendente delegada para la protección del consumidor.