Así va la expedición de decretos relacionados con la declaratoria de conmoción interior por situación en Catatumbo
Hasta este 30 de enero se han expedido tres. Este es el impacto esperado.
Empezó la avalancha de decretos alrededor de la declaratoria de conmoción interior, el estado de excepción al que acudió el gobierno nacional, para “conjurar la grave perturbación del orden público que de manera excepcional y extraordinaria se está viviendo en la región del Catatumbo”, según la normativa oficial.
Todo se debe a los fuertes enfrentamientos entre grupos armados ilegales, a las amenazas y desplazamientos forzados masivos que se han presentado en las últimas semanas, al igual que a las afectaciones de los derechos fundamentales de los civiles, alteración de la seguridad y daños a bienes protegidos y al ambiente, explican los decretos.
El 29 de enero es la fecha en la que se inició la expedición de los decretos, los cuales, contienen de manera desagregada las medidas que se tomarán, al amparo de la conmoción interior.
Decreto 1: Crédito agropecuario
Es así como, el primer decreto emitido fue el 106, que se refiera a medidas para garantizar medios de vida y producción de alimentos con financiamiento, crédito y alivio de pasivos en el sector agropecuario.
Lo más leído
Implica que se adoptan estrategias para impedir la extensión de los efectos de la situación de orden público en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios del Rio de Oro y González del departamento del Cesar, dice el decreto.
De esa manera, se adoptan caminos por la vía del crédito agropecuario, como la refinanciación. Así las cosas, “las entidades que hagan parte del sistema nacional de crédito agropecuario adoptarán los programas de refinanciación de las obligaciones contraídas con ellas en favor de los campesinos, productores cuya actividad se vio afectada en la zona cobijada con la situación de conmoción interior”.
En este contexto, se deben ampliar plazos para pago de obligaciones, haciendo la salvedad de que las condiciones nuevas no podrán ser más gravosas que las anteriores.
Decreto 2: Zonas agrícolas
Hasta el momento, los tres decretos que han sido emitidos tienen mucho que ver con el tema agropecuario y alimentario, pues es el tema prioritario en medio de una crisis.
Es así como el decreto 107 se refiere a medidas de protección de zonas agrícolas, cadenas productivas y de suministro, sistemas agroalimentarios, y generación de condiciones de estabilidad y restablecimiento del abastecimiento y la garantía del derecho humano a la alimentación.
De esa manera, la Agencia de Desarrollo Rural podrá hacer contratación directa, para adquirir bienes y servicios, logística y todo lo relacionado con el desarrollo de los apoyos e incentivos que requiera el sector.
Decreto 3: Sobre la tierra
Proteger la tierra, los territorios y activos de los habitantes y prevenir la acumulación y acaparamiento en el sector agropecuario, son los argumentos expuestos por el gobierno, en el decreto 108, con el cual, se regula la expropiación administrativa “como una medida clave para garantizar el acceso a la tierra y la estabilización de las comunidades afectadas por la grave crisis de orden público”, dice el documento. “La Agencia de Desarrollo Rural queda facultada para contratar de manera directa la adquisición de bienes y servicios, logística y todo lo relacionado con el desarrollo de los apoyos e incentivos que requiera el sector, previa justificación técnica, con sociedades de economía mixta, empresas industriales y comerciales del Estado, asociaciones campesinas y/o agropecuarias de la Ley 2219 de 2022 y organizaciones de la ACFEC (Agricultura Campesina Familiar y Comunitaria)”, dice el decreto.
Katherine Miranda advierte que uno de los decretos expedidos en el marco de la conmoción interior contiene un artículo de "expropiación exprés" que permite autorizarla por vía administrativa: "Un atropello contra la propiedad privada". https://t.co/if1kX8q65f pic.twitter.com/pvKhXprIFH
— Revista Semana (@RevistaSemana) January 30, 2025