Seguridad social
Cómo saber si usted estaría exento de la reforma pensional y puede jubilarse bajo el esquema actual
El régimen de transición que se plantea en la reforma ya no estará atado a la edad del trabajador sino a la semanas cotizadas. Reviven los traslados exprés de las AFP a Colpensiones.
Uno de los puntos más trascendentales de las ambiciosas reformas que plantea la administración Petro tiene que ver con su entrada en vigencia y el tiempo durante el cual se haría la transición del esquema actual al que sea avalado por el Congreso. Eso aplica particularmente en la reforma a la salud y en la pensional, que acaba de ser revelada por el Ministerio de Trabajo.
El régimen de transición se refiere a los llamados derechos adquiridos, los cuales son protegidos por la Corte Constitucional, y cobijan a las personas que ya tienen una expectativa cierta de su pensión, lo que hace que, por ende, no se les puedan cambiar las condiciones. En la ley 100 de 1993 ese régimen tardó casi 20 años y aplicó para las mujeres que el 1 de abril de 1994 tenían 35 años o más y para los hombres de 40 años en adelante. En la reforma que se empezará a discutir en el Congreso no será por edad sino por las semanas cotizadas: Las nuevas normas pensionales no aplicarían para quienes tengan 1.000 semanas cotizadas al momento en que sea aprobada la reforma. (Para pensionarse se requieren 1.300 semanas).
En otras palabras, quienes tengan esas 1.000 semanas cotizadas (19,2 años) y no se quieran trasladar a Colpensiones, independiente de su salario, se podrán quedar en los fondos privados y jubilarse bajo las condiciones de la Ley 100. Esto porque la reforma busca que todos los cotizantes que ganen hasta tres salarios mínimos se pasen a Colpensiones y los que devenguen más de esa suma coticen el excedente en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
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Traslados exprés
El proyecto de reforma pensional trae otra gabela para quienes ya tienen 1.000 semanas cotizadas, están a menos de 10 años de la edad de pensión y por algún motivo no se han podido trasladar de las AFP a Colpensiones. Bajo las normas vigentes, ese cambio solo se puede hacer tras una doble asesoría de Colpensiones y de los fondos privados y 10 años antes de la edad de pensión, es decir, las mujeres a los 47 años y los hombres a los 52. Con la reforma, ese grupo que no se alcanzó a trasladar lo podrá hacer en los primeros dos años después de la entrada en vigencia de la iniciativa.
Esto implica revivir los polémicos traslados exprés, que fueron discutidos en un proyecto de ley de 2021, pero que finalmente fue archivado por el Congreso.
El cambio de régimen pensional es uno de los temas que más genera litigiosidad en el sistema, pues numerosos trabajadores que no se pasaron dentro de los tiempos establecidos alegan que fueron mal asesorados por las AFP y que no sabían que debían trasladarse. Eso ha hecho que muchos recurran a los tribunales, que cada vez con más frecuencia les dan la razón.
Junto con los que se cambian de las AFP a Colpensiones vía demandas, están los que lo hacen dentro de los tiempos permitidos. Como resultado, el año pasado 106.000 personas llevaron más de 13 billones de pesos de su ahorro pensional del régimen privado al público.
El problema con estos traslados es que quienes más lo realizan son aquellos con ingresos altos, porque los que devengan un salario mínimo reciben la misma mesada en los dos regímenes, pero les convienen más los fondos privados, dado que les exigen menos semanas de cotizaciones para jubilarse (1.150 semanas vs. 1.300 que pide Colpensiones). Por el contrario, aquellos que ganan de dos salarios mínimos en adelante les atrae Colpensiones, pues allí reciben un subsidio por su pensión, que no depende de cuánto ahorraron, sino de las semanas cotizadas y de su salario promedio de los últimos 10 años. Eso hace que se perpetúe parte de la inequidad del sistema, pues entre más alto es el salario de la persona, más alto es el subsidio.
Justamente, esas inequidades son señaladas por economistas expertos en seguridad social, quienes advierten que un régimen de transición de 1.000 semanas cotizadas beneficia especialmente a los trabajadores formales -que no son la mayoría-, pues son los que han podido cotizar casi que ininterrumpidamente durante toda su vida laboral. Aquellos que no hacen aportes constantes a pensiones difícilmente podrían beneficiarse de esta gabela.