Reforma pensional
Corte Constitucional, inundada de cartas por reforma pensional. Esta es la que acaba de radicar el Banco de la República
El gerente del Emisor, quien administrará el fondo de ahorro de pensiones del pilar contributivo, presentó una solicitud expresa al alto tribunal. Esto es lo que pide.

Con la Corte Constitucional, luego de la decisión tomada con la reforma pensional, cuya entrada en vigencia quedó en suspenso, ya no se aplica esa frase que dice ‘a veces llegan cartas’.
Por el contrario, el alto tribunal está siendo inundado de misivas, provenientes de varios de los actores del sistema pensional, que anticipan retos mayores a los que ya les planteaba la transformación del esquema de aseguramiento en la vejez, sin contar con la incertidumbre que genera la espera de una nueva decisión de la Corte.

Piden tregua de al menos tres meses
De manera expresa, en la carta enviada por Leonardo Villar, gerente del Banco de la República, que actúa como administrador del fondo de ahorro de pensiones del pilar contributivo, se hace una solicitud expresa:
“Se solicita a la Sala Plena de la Corte Constitucional considerar la posibilidad de diferir la entrada en vigencia del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez Invalidez y Muerte de Origen Común a la que se refiere el artículo 94 de la ley, hasta una fecha posterior en al menos tres meses a la publicación de la sentencia que declare la exequibilidad de la ley”.
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Según la argumentación del Banco de la República, “este tiempo resulta necesario para reactivar e implementar los procedimientos operativos y de contratación que debe adelantar el Banco de la República, como administrador del Fondo del Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC), en los términos de los artículos 24 y 92 de la mencionada ley y sus decretos reglamentarios”, explicó el Emisor.

Y el banco no es el primero que envía una petición a la Corte Constitucional. Ya lo había hecho antes Asofondos, mientras que las dudas alrededor de los obstáculos que tiene la reforma pensional cada vez son mayores.
El Ministerio de Salud también salió a aclarar que, ante los recientes hechos ocurridos alrededor de la reforma, luego de los cuales quedó en vilo su entrada en vigencia, procede a “suspender los ajustes contemplados en las resoluciones 467 y 832 de 2025. Estos modificaban la estructura de la Planilla Integrada de Aportes (PILA) y del Registro Único de Afiliados (RAUF), herramientas clave para la implementación operativa del nuevo régimen pensional”, indicó esa cartera.

¿Qué más dice la carta de BanRep?
El Banco de la República argumenta ante la Corte Constitucional, en la misiva enviada, que una vez se presentaron los pronunciamientos del Alto Tribunal, en el sentido de enviar la ley al Congreso de la República para corregir un vicio de forma, y la posterior incertidumbre acerca de si es o no válida la sesión de extras que adelantó el Legislativo, decidieron suspender las tareas propias del alistamiento para la misión que ellos tienen asignada.
Todo porque la entrada en vigencia de la ley “quedó sujeta en su contenido y alcance a los términos de la decisión que se adopte por la Sala Plena de esa Corporación”.
Según expone el Emisor en la carta, solo hasta que se conozca la decisión de la Corte Constitucional se podrían reactivar los procedimientos finales de alistamiento, particularmente en lo que se refiere al FAPC que administraría el Banco de la República, lo cual requeriría un tiempo mínimo para firmar el contrato interadministrativo con el Ministerio de Hacienda.

Según sostiene el Banco, “adelantar el proceso de contratación de administradores externos (abrir el proceso, recibir y evaluar ofertas, asignar los contratos, revisar y aprobar las garantías, y permitir la implementación de procesos por los administradores seleccionados, entre otros) y ajustar los procesos operativos para el recibo y traslado de los recursos”.