Economía
Cuántas horas puede trabajar un empleado doméstico, de acuerdo con lo aprobado en la nueva reforma laboral
La norma precisa algunas modificaciones y exigencias en materia laboral para estos trabajadores.

Hace poco más de un mes, en Colombia se aprobó oficialmente la reforma laboral, uno de los proyectos más ambiciosos del Gobierno de Petro, con el que se busca cambiar algunas de las normas de la legislación laboral que habían perdurado por más de dos décadas en el país.
La reforma aprobó una serie de cambios que se irán implementando de forma inmediata o en algunos meses, entre los que se encuentran los ajustes a los recargos dominicales, las horas extras y los recargos nocturnos.

Pese a ello, todavía existen dudas sobre la implementación del proyecto para distintos trabajadores; entre ellos, se encuentran los empleados domésticos.
Uno de los cambios más importantes es que ahora este tipo de trabajadores deberá ser contratado únicamente mediante la firma de un contrato escrito, y no a través de un contrato verbal, como sucedía en muchos casos.
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Otro de los cambios afecta las jornadas máximas de trabajo, pues no podrán exceder las ocho horas diarias. Deberán cumplir un horario diurno entre las 6:00 a. m. y las 7:00 p. m.

Si laboran en horario nocturno, deberán recibir su recargo correspondiente, en caso de que trabajen entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m.
Los empleados domésticos deberán recibir por ley cesantías, intereses sobre cesantías, prima de servicios, que es pagada en dos cuotas semestrales, vacaciones, dotación de uniforme y también licencia de maternidad, si corresponde.
Este tipo de trabajadores deberá recibir al menos el salario mínimo mensual, que para 2025 está en $1.423.500, sumado a un subsidio de transporte que será de $200.000.
Añadido a esto, tendrán que recibir aportes de seguridad social que superan los $470.068, y otros pagos.

En los contratos deberá estar especificado el tiempo de trabajo, los horarios, tiempos de descanso y salario recibido, además de otras características.