Economía
Dian hizo anuncio clave sobre facturación electrónica: nuevo servicio con el que solo se necesita la cédula
Ojo con el nuevo sistema que lanzaron.

La facturación electrónica en Colombia es un sistema digital implementado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) que permite la emisión, recepción y validación de facturas de manera electrónica.
Este mecanismo reemplaza gradualmente la facturación en papel y se ha convertido en un requisito obligatorio para la mayoría de las empresas y negocios del país. Su objetivo es mejorar la transparencia en las transacciones comerciales, reducir la evasión fiscal y agilizar los procesos contables y tributarios de las empresas.
Su importancia radica en los múltiples beneficios que ofrece tanto para las empresas como para el Gobierno. Para los negocios, permite optimizar la gestión administrativa, reducir costos operativos y minimizar errores en la emisión de facturas.

Además, facilita el cumplimiento de obligaciones tributarias al automatizar la generación y almacenamiento de documentos. Para el Estado, la facturación electrónica contribuye a un mejor control fiscal, previniendo la evasión de impuestos y promoviendo una economía más formal y eficiente.
Dian anunció cambio en la facturación electrónica: nuevo servicio
Mediante un comunicado, la Dian anunció que a partir de la segunda semana de abril se lanzará un nuevo servicio de información dispuesto por la dirección, que permitirá generar facturas electrónicas en Colombia únicamente con el tipo y número de documento del comprador de bienes o servicios. Este nuevo sistema es regulado por la Resolución 000202 de 2025.
“La implementación de este servicio no solo refleja el compromiso de la entidad con la modernización de la administración tributaria y la optimización de los procesos, sino que, además, responde a la necesidad de eliminar obstáculos que han sido identificados al momento de la expedición de la facturación electrónica, como la solicitud excesiva de información adicional y retrasos innecesarios, barreras que afectan tanto a los responsables de facturar como a los consumidores”, comentó Luis Eduardo Llinás Chica, director general (e) de la Dian.
Además, aseguraron desde la entidad que este servicio estará disponible para los facturadores, incluyendo los que actualmente usan el servicio de facturación gratuita de la Dian, así como quienes hayan desarrollado su propio sistema de facturación o que tengan la operación bajo un proveedor tecnológico.
Pese a ello, estos últimos facturadores, con software propio y proveedores tecnológicos, deberán ajustar sus sistemas para integrar el nuevo servicio que permitirá completar de manera automática el nombre o razón social y el correo electrónico del comprador, con solo su número de cédula, generando así la factura electrónica sin necesidad de solicitar datos adicionales.

Es importante tener en cuenta que la herramienta agilizará los tiempos de generación de las facturas electrónicas, que su uso está limitado exclusivamente para la generación de facturas y que no podrá emplearse para otros propósitos.
Adicional a ello, es importante que sepa que cuando, por cualquier circunstancia, el comprador no se encuentre en la base de datos de este servicio, el facturador solo podrá solicitar tres datos, que son el nombre completo o razón social del comprador, tipo y número de identificación y correo electrónico (en caso de que el comprador desee recibir la factura electrónica o el documento equivalente por este medio).
“Si el comprador no desea proporcionar su correo electrónico, el facturador deberá generar y entregar la representación gráfica de la factura de forma impresa, sin exigir dicho dato personal, tal como lo dispone el artículo 35 de la Resolución 165 de 2023. De manera adicional, ningún establecimiento podrá solicitar documentos físicos ni datos adicionales como número telefónico, dirección de residencia o RUT”, precisaron.
Además de ello, la Dian precisó que la Resolución 000202 de 2025 aclara que las empresas prestadoras de servicios públicos solo podrán utilizar el documento equivalente electrónico para ventas relacionadas con el servicio prestado, salvo que el usuario autorice un uso diferente de este documento.

“Si una empresa factura en el sitio y enfrenta dificultades técnicas o logísticas para enviar el documento en tiempo real para validación a la entidad, tendrá hasta 48 horas para transmitirlo a la Dian. Este plazo aplica especialmente en zonas rurales o de difícil acceso, donde pueden presentarse problemas de conectividad, fallas en la red o dificultades con los equipos utilizados en el campo”, precisa.