El Gobierno anunció su intención de declarar un estado de emergencia económica para expedir un paquete de medidas tributarias. ¿Cómo describiría, en términos generales, lo que se está planteando?
Juan Pablo Suárez (J. P. S.): Lo que se está configurando es, en esencia, una reforma tributaria expedida por decreto, amparada en un estado de excepción. Aunque no se ha formalizado la medida, el borrador de las medidas contemplaría una grave ampliación al impuesto al patrimonio —incluyendo de manera directa a las personas jurídicas, reduciendo el umbral para personas naturales a 40.000 UVT y elevando la tarifa hasta el 5 %—, aumento del gravamen a los movimientos financieros (5 X 1000); la ampliación del IVA para los juegos de suerte y azar; el incremento del impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco, así como cargas adicionales al sector de hidrocarburos. Todo estaría orientado a cubrir un faltante fiscal relevante en el presupuesto del próximo año.

SEMANA: ¿Por qué esta decisión genera preocupación?
J. P. S.: Porque desdibuja completamente la figura constitucional de la emergencia económica. Este instrumento no fue diseñado para resolver desacuerdos políticos ni problemas de planeación fiscal. Está pensado para atender hechos extraordinarios, imprevisibles y de impacto inmediato sobre el orden económico y social.
Colombia no enfrenta un evento externo súbito ni una crisis inesperada. Hay un déficit fiscal conocido y una reforma que no logró respaldo en el Congreso. Convertir eso en una emergencia es forzar, peligrosamente, los límites de la Constitución. La falta de aprobación legislativa no es un hecho sobreviniente, es parte natural del sistema democrático. Si aceptamos que cada vez que el Congreso no aprueba una iniciativa fiscal el Gobierno puede legislar por decreto, estaríamos vaciando de contenido la función legislativa.
SEMANA: Pasemos al contenido económico. ¿Qué efectos tendría este paquete de impuestos?
J. P. S.: Los efectos serían claramente regresivos para la economía, pues ponen en evidencia la poca seguridad jurídica que existe en materia fiscal en el país. El impuesto al patrimonio para personas jurídicas castigaría directamente la inversión y el crecimiento, y el aumento del gravamen financiero encarecería la formalidad. Es una señal muy negativa en un país que necesita atraer capital y formalizar su economía.
SEMANA: ¿Cuál es, a su juicio, la medida más delicada de ese proyecto de Decreto?
J. P. S.: Sin duda, el impuesto al patrimonio es, en mi concepto, la medida más agresiva, la más disruptiva y la que envía el peor mensaje económico. Gravar el patrimonio empresarial bajo un estado de excepción no solo es técnicamente cuestionable, sino que refleja una visión ideológica comunista y con rasgos confiscatorios, donde el capital productivo es tratado como una fuente permanente de extracción fiscal y no como un motor de crecimiento. Es cambiar las reglas de juego repentinamente para quienes producen, invierten y generan empleo en Colombia.

SEMANA: ¿Cómo funcionaría exactamente el cambio propuesto para el impuesto al patrimonio?
J. P. S.: Aun cuando se dice que el decreto está todavía sujeto a posibles ajustes por parte del Ministerio de Hacienda, el borrador proyecta un impuesto al patrimonio para sociedades, donde la base gravable sería el patrimonio líquido, calculado como el total de activos de la empresa menos las deudas vigentes, medido a una fecha fija: el 1.º de enero de 2026 (una foto que se tomará en prácticamente 10 días).
No solo se propone incluir dentro de los contribuyentes obligados a las personas jurídicas y sociedades de hecho, sino que pretende bajar la base gravable, de manera que las personas naturales paguen el impuesto sobre patrimonios líquidos de tan solo 40.000 UVT (equivalentes a tan solo $2.094.960.000 para el año 2026, considerando que la UVT fue recientemente fijada en $52.374).
SEMANA: ¿Cómo aplicaría la norma cuando se concrete?
J. P. S.: De entrar a regir la medida, operaría una tabla progresiva por rangos para personas naturales, así:
- Hasta 40.000 UVT (hasta $2.094.960.000) no se generaría impuesto.
- Más de 40.000 y hasta 70.000 UVT (entre $2.094.960.000 y $3.666.180.000), se aplicaría una tarifa marginal del 0,5 %.
- Más de 70.000 y hasta 120.000 UVT (entre $3.666.180.000 y $6.284.880.000), la tarifa sería del 1 %, más 150 UVT.
- Más de 120.000 y hasta 240.000 UVT (entre $6.284.880.000 y $12.569.760.000), la tarifa subiría al 2 %, más 650 UVT.
- Más de 240.000 y hasta 2.000.000 UVT (entre $12.569.760.000 y $104.748.000.000), la tarifa sería del 3 %, más 3.050 UVT.
- Por encima de 2.000.000 UVT (más de $104.748.000.000), la tarifa sería del 5 %, más 55.850 UVT.
SEMANA: ¿Y para las empresas?
J. P. S.: Las tarifas del impuesto al patrimonio para personas jurídicas y sociedades de hecho serían las siguientes:
- Hasta 40.000 UVT (hasta $2.094.960.000) no se genera impuesto.
- Más de 40.000 y hasta 70.000 UVT (entre $2.094.960.000 y $3.666.180.000), se aplicaría una tarifa marginal del 0,5 %.
- Más de 70.000 (más de $3.666.180.000), la tarifa sería del 1 %, más 150 UVT.
El diseño es particularmente preocupante. El impuesto se causaría por la sola posesión de patrimonio líquido con corte al 1.º de enero del año 2026 (una foto que se tomará en 10 días), sin importar si la empresa cerró el periodo 2025 con utilidades o pérdidas. Aun cuando dentro de las exclusiones de la base gravable de las personas naturales se contempla el valor patrimonial neto de las acciones en compañías, la medida se traducirá, sin lugar a dudas, en una doble imposición sobre los activos subyacentes, pues gravaría no solo el valor patrimonial neto de las acciones de las compañías donde tenga participación, sino además el patrimonio líquido de las compañías donde esa persona natural tenga participación.
SEMANA: Otro punto sensible sería el aumento del gravamen a los movimientos financieros del 4x1.000 al 5x1.000. ¿Qué opina de esta medida?
J. P. S.: Este es un gravamen silencioso pero profundamente impactante. Cada transferencia, cada pago, cada movimiento de caja se vuelve más costoso. Incrementar su tarifa incentiva el uso de efectivo y empuja a muchos agentes a salirse del sistema financiero, cuando, muy por el contrario, el país debe enfocarse en incentivar la formalización de la economía.
SEMANA: ¿Qué otras medidas traería el borrador de las medidas de emergencia económica?
J. P. S.: Dentro de las medidas se contempla aplicar un IVA del 19 % a los juegos de suerte y azar en línea, tomando como hecho generador los depósitos realizados por los usuarios. Se crearía, a su turno, el Impuesto Especial para la Estabilidad Fiscal, que busca imponer una tarifa del 1 % sobre la extracción, primera venta o exportación de petróleo crudo y carbón, dirigido a contribuyentes con renta líquida igual o superior a 50.000 UVT.

Se propone adicionalmente un incremento en el impuesto al consumo de cigarrillos, tabaco y sus derivados, incluyendo productos como vapeadores y sistemas electrónicos de nicotina. También se aumentaría el gravamen para licores.









