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Para este año, los alquileres de vivienda urbana se podrán incrementar en un máximo de 9,28 %. | Foto: Getty Images/iStockphoto

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¿Impagables? Estas son las ciudades en Colombia donde más ha subido el arriendo en 2024

Para este año, los alquileres de vivienda urbana se podrán incrementar en un máximo de 9,28 %.

Redacción Economía
6 de febrero de 2024

Recientemente, la Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas) explicó que los cánones de arrendamiento de vivienda urbana se podrán incrementar hasta un 9,28% y de acuerdo al IPC fijado al cierre del 2023 según lo establecido en la Ley 820 de 2003.

Según lo afirmó Mario Ramírez, presidente de Fedelonjas, “los arrendamientos son un aspecto de alto interés para la población colombiana, pues el 40,2% de los colombianos habitan en alquiler y el dato supera el 47% en las ciudades principales. El incremento del canon afecta no solo a las familias que viven en arriendo sino a los propietarios de las viviendas que en un 85% pertenecen a los estratos 1, 2 y 3 y, a falta de pensión, devengan sus ingresos de dichos alquileres”.

“El mercado de los arriendos supera los 27,12 billones de pesos anualmente y la mayoría de las viviendas en alquiler se concentran en los estratos 1, 2 y 3″, agregó el presidente de Fedelonjas quien recordó que “de estos ingresos, los propietarios también deben pagar sus obligaciones y gastos habituales como impuestos y reparaciones”.

Así mismo, aclaró que los arrendamientos no se incrementan automáticamente en enero sino cuando el contrato cumple 12 meses de haberse firmado o a partir del último incremento y que el aumento definido es legal siempre y cuando “este no supere el 1% del valor comercial del inmueble o de la parte de él que se encuentre arrendada”.

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Así mismo, aclaró que los arrendamientos no se incrementan automáticamente en enero sino cuando el contrato cumple 12 meses de haberse firmado o a partir del último incremento. | Foto: Getty Images/iStockphoto

En ese sentido, de acuerdo con el índice de arrendamiento, los cánones de alquiler han experimentado un notable incremento del 11,5 % para apartamentos y del 11,3 % para casas. Es importante destacar que estas mediciones se centran exclusivamente en viviendas de estratos 4, 5 y 6, ya que son las más comúnmente aseguradas para arrendamiento.

Este aumento en los arriendos era esperado, especialmente a medida que se acerca al 13,1 % de inflación registrada en 2022, que por ley establece el límite máximo de aumento en el valor de los alquileres para el año siguiente.

Sin embargo, este fenómeno se ve agravado por la presión en el mercado de vivienda usada, donde la escasez de propiedades disponibles para alquiler contribuye al continuo aumento de los precios.

En noviembre, se observaron variaciones anuales de más del 11 % en los cánones de arrendamiento tanto para casas como para apartamentos en ciudades como Bogotá, Barranquilla, Cali y Medellín. Por otro lado, Cartagena destacó por presentar menores incrementos, con un 10,2 % en casas y un 9,7 % en apartamentos.

En comparación con el mes anterior, los precios de los alquileres aumentaron en más del 1 % en ciudades como Bogotá, Cali y Medellín en el caso de las casas, y en Barranquilla y Cartagena en el caso de los apartamentos.

También es importante recordar que este reajuste no aplica para contratos de vivienda firmados antes de 2003 o de alquiler de inmuebles para uso comercial. En usos como locales, bodegas, consultorios, oficinas y los diferentes a vivienda, tanto el valor como el incremento deberán acordarse entre las partes o de acuerdo a lo que quedó consignado en el contrato de arrendamiento.

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También es importante recordar que este reajuste no aplica para contratos de vivienda firmados antes de 2003 o de alquiler de inmuebles para uso comercial. | Foto: Getty Images/iStockphoto

Fedelonjas recomienda tener en cuenta los siguientes puntos por parte de arrendadores y arrendatarios:

  • El incremento es aplicable solo al momento de la renovación del contrato de arrendamiento y siempre con previa comunicación por escrito o con notificación personal.
  • La notificación del aumento del valor del canon debe hacerse por escrito y a través de correo certificado y debe incluir la fecha en que se empezará a aplicar.
  • Si el arrendador (de vivienda urbana) incrementa el canon por encima de lo establecido en la Ley, el arrendatario puede exigir la terminación del contrato sin estar sujeto al cobro de sanciones económicas.
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No haga contratos verbales, siempre deben hacerse contratos por escrito para evitar confusiones o abusos en el futuro. | Foto: Getty Images