Economía
La billonaria suma que costaría la reforma pensional: Comité de Regla Fiscal hizo advertencia al Gobierno
El proyecto se encuentra en discusión en el Congreso. Estas serían las implicaciones que tendría para las finanzas nacionales.
El pasado 22 de marzo, el Gobierno nacional radicó ante el Congreso de la República una de sus apuestas para mejorar las condiciones de los más viejos en el país: la reforma pensional titulada ‘Cambio por la vejez’.
Este proyecto presentó un nuevo esquema para gestionar los ahorros de los colombianos, a través de cuatro pilares claves. El solidario, el semicontributivo, el contributivo y el de ahorro voluntario.
Desde su presentación, ha sorteado varias discusiones en el Legislativo. Además, diferentes gremios de empresarios y otras asociaciones han presentado reparos al proyecto y advertencias. El pronunciamiento más reciente fue el hecho por el Comité Autónomo de la Regla Fiscal (Carf), que es el encargado de hacer seguimiento a la sostenibilidad de las finanzas públicas de la nación.
Reforma pensional: cuánto costarían los cuatro pilares a la nación
El Carf asegura en el documento que el proyecto de ley tiene efectos fiscales y sobre el ahorro nacional, que deben ser revisados para garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas en el largo plazo.
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Pilar solidario
El pilar solidario, que afilia a los colombianos que están en condiciones de pobreza y los subsidia con los recursos del Presupuesto General de la Nación, tendría un costo de 0,3 % del PIB en 2025, lo que son unos 4,3 billones de pesos. Precisa que tendría un costo de siete billones anuales desde 2023.
“Estos recursos deberán tener en cuenta los techos de gasto fijados por el Marco Fiscal de Mediano Plazo y ser consistentes con la Regla Fiscal. Este pilar no corresponde a un derecho pensional, responde a un programa social y deberá estar sujeto a los recursos disponibles para el mismo”, advierte la entidad.
Pilar semicontributivo
En este pilar está dirigido a los afiliados que a los 65 años de edad no han cumplido con los requisitos para acceder a una pensión, pese a haber cotizado en el sistema. Estas personas podrán acceder a un beneficio económico que será financiado con sus propios aportes y con el Presupuesto General de la Nación.
Este programa costará cerca del 0,1 % del PIB para 2025, que luego aumentaría a 0,3 % en 2029 y crecería luego hasta un 0,5 % del PIB en 2080.
“Este gasto se explica por la devolución de los saldos de los cotizantes y al rendimiento real de las cotizaciones a Colpensiones que se otorga a aquellas personas que cotizaron entre 300 y 1.000 semanas, y que no se encuentran en condición de pobreza ni vulnerabilidad”, precisa el documento.
Pilar contributivo
Este es uno de los pilares más importantes dentro del proyecto, pues aplica a trabajadores dependientes e independientes, servidores públicos y en general cualquier persona con capacidad de pago para cotizar pensión.
El Carf establece que las necesidades de Colpensiones para el pago de mesadas y devoluciones aumentarían del 3 % del PIB en 2035 al 5,5 % del PIB en 2070.
La razón de ese aumento es porque Colpensiones pasaría a responder por los primeros tres salarios mínimos de todas las pensiones.
“Debido a estas mayores necesidades, y dado que los ingresos a Colpensiones se mantienen relativamente constantes, una vez se agote el Fondo de Ahorro (el Carf estima que este se agotará al principio de la tercera década de 2070), la nación le deberá hacer una transferencia mayor en alrededor de 3,2 % del PIB a Colpensiones (pasa de 1,3 % del PIB en 2025 a 4,5 % del PIB en 2071)”, comentó la entidad.
La entidad no precisa información respecto al pilar de ahorro voluntario; sin embargo, aclara que existen cinco elementos con los que el Gobierno debería tener mucho cuidado, ya que pueden impactar el ahorro de los colombianos.
- El umbral por debajo del cual las cotizaciones y pensiones quedan a cargo de Colpensiones.
- La extensión de subsidios del sistema pensional a la totalidad de la población pensionada hasta el umbral de tres SMMLV, independientemente del nivel de ingresos de la persona.
- La introducción de la prestación anticipada.
- Las semanas mínimas para que las mujeres accedan a pensión.
- La decisión de no hacer modificaciones paramétricas que afecten la tasa de reemplazo ni el porcentaje de cotización.