Economía

La nueva ley minera: riesgos de estatización y vacíos jurídicos que podrían frenar la inversión en Colombia

Los actores del mercado deben conocer de primera mano las implicaciones de la nueva propuesta.

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29 de octubre de 2025, 12:10 a. m.
Los abogados expertos en minería advierten que varios de los cambios normativos que el Gobierno ha hecho vía decreto han sido demandados por violar derechos adquiridos.
La Ley propondría diversos cambios. | Foto: Felipe Rodriguez

El Gobierno colombiano radicó el 1 de octubre la nueva Ley Minera para la Transición Energética Justa, un marco normativo que redefine por completo la exploración y explotación minera en el país.

Aunque el Ejecutivo la presenta como un instrumento de justicia ambiental y reindustrialización, el proyecto ha encendido alertas profundas en el sector empresarial y jurídico.

SEMANA dialogó con Estefanny Pardo, abogada experta en derecho minero y senior counsel en Holland & Knight, para analizar las principales implicaciones del texto radicado, que muchos en el sector consideran una reforma estructural con riesgos de estatización, inseguridad jurídica e incertidumbre regulatoria.

SEMANA:¿Qué implicaciones tiene la eliminación del concepto de “área libre” para la iniciativa privada y la atracción de inversión en nuevos proyectos mineros?

Estefanny Pardo: Eliminar la figura de “área libre” implica restringir la participación de la iniciativa privada en el desarrollo de nuevos proyectos mineros. Esta figura ha sido históricamente el mecanismo mediante el cual cualquier persona natural o jurídica podía solicitar un área del subsuelo que no estuviera sujeta a restricciones ambientales ni a títulos mineros vigentes, permitiendo así una dinámica abierta y competitiva en el sector.

Minería
Minería | Foto: Getty Images

Suprimir esta posibilidad conlleva que el acceso a nuevas áreas quede exclusivamente supeditado a la voluntad del Gobierno central mediante procesos de selección objetiva. Esto reduce el margen de acción del sector privado y desincentiva la inversión, pues introduce largos procesos administrativos e incertidumbre jurídica sobre la posibilidad de explorar y explotar nuevas zonas.

“La exploración es necesaria para generar empleo y encadenamientos productivos en las regiones. Si no se da libertad para solicitar concesiones, el país seguirá en sus niveles más bajos de exploración en décadas”, advierte Pardo.

SEMANA: ¿El modelo propuesto representa una estatización de la industria minera? ¿Cómo afectaría la competitividad de Colombia frente a otros países de la región?

E.P: Sí, en efecto, el modelo propuesto es una clara estatización y centralización de la industria minera. Al eliminar mecanismos como la posibilidad de solicitar áreas libres y concentrar en el Estado la facultad exclusiva de definir qué áreas pueden ser objeto de actividad minera, se limita la libertad de empresa y se propicia un esquema de monopolio estatal.

La proliferación de áreas de exclusión y restricción minera que plantea el proyecto reduce al mínimo la participación del sector privado y genera un entorno de alta incertidumbre para los inversionistas. “Qué inversionista querrá poner su capital en un país con una ley que restringe la inversión privada y un proceso político tan incierto”, señala Pardo.

Sin empresas mineras formales, advierte, se corre el riesgo de que “aumenten las zonas con explotación ilícita y sin presencia institucional”, un problema que Colombia ya enfrenta en varias regiones del país.

SEMANA: ¿Cuáles son los riesgos jurídicos más relevantes del proyecto —incluyendo posibles vicios de inconstitucionalidad— y qué artículos deberían replantearse con urgencia en el Congreso?

E.P: El proyecto presenta múltiples riesgos jurídicos, siendo el más grave la creación de un amplio y poco definido abanico de áreas de exclusión y restricción minera. Estas delimitaciones se plantean bajo conceptos demasiado ambiguos, lo que podría violar la confianza legítima y los derechos adquiridos sin el debido proceso ni compensación.

De aprobarse el proyecto como está, podrían venir demandas internacionales por violación a tratados de libre comercio (TLC). Además, otorga a la autoridad minera una concentración de poder sin controles claros, lo que abre la puerta a decisiones arbitrarias.

Pardo advierte otro punto crítico: “El texto que se radicó en el Congreso no corresponde al publicado para comentarios, y no se dio respuesta a las observaciones presentadas por los interesados. Esto vulnera el principio de participación efectiva y transparente.”

En materia de transición, agrega, es urgente aclarar las reglas sobre prórroga de contratos mineros vigentes y eliminar el artículo que introduce el principio de precaución, pues “lo ambiental debe ser regulado por la legislación ambiental, no por una ley minera.”

SEMANA: ¿Qué consecuencias económicas y territoriales podría tener prohibir la exploración y explotación de carbón térmico en regiones con vocación minera?

E.P:La prohibición tendría consecuencias económicas y sociales profundas. Muchas regiones mineras no cuentan con alternativas económicas viables en el corto plazo, por lo que una medida de este tipo podría generar desempleo masivo, aumento de la pobreza y deterioro social.

Además, Pardo considera que la medida “vulnera la autonomía territorial, al imponer desde el nivel central una restricción que desconoce la vocación productiva local.”

SEMANA: ¿Qué tan viable es implementar un modelo donde 57 artículos quedan sujetos a reglamentación futura? ¿Podría esto generar un escenario de parálisis regulatoria y de incertidumbre para la industria?

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La propuesta tienen diversos impactos. | Foto: Alejandro Acosta

E.P: Este es uno de los aspectos más preocupantes. Dejar 57 artículos sujetos a reglamentación posterior abre la puerta a una parálisis regulatoria, ya que la aplicación efectiva de buena parte de la ley dependerá de decretos o resoluciones que podrían tardar años en expedirse.

“Durante ese tiempo, las decisiones quedarán en manos de la autoridad minera, sin fundamento técnico ni jurídico claro, lo que aumenta la discrecionalidad y la inseguridad jurídica”, advierte.

El análisis de la experta concluye que la nueva ley, en su forma actual, podría redefinir el rol del Estado en el sector minero de manera que desincentive la inversión, concentre el poder y genere riesgos constitucionales y económicos significativos.

“Colombia necesita un modelo minero que garantice sostenibilidad ambiental, pero también seguridad jurídica, inversión y desarrollo territorial. Ese equilibrio hoy está en riesgo”, puntualiza Estefanny Pardo.