Energía

Ley de tarifas de energía: finalmente será radicada en el Congreso por el ministro Edwin Palma. Estas son las propuestas

El proyecto de ley tiene 14 artículos que tuvieron ajustes en comparación con los destapados como borrador para comentarios del público. Fuerte carga para los estratos 5 y 6.

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21 de octubre de 2025, 11:00 a. m.
Imagen alusiva al proyecto de ley de tarifas de energía que radicará el Ministerio de Minas en el Congreso de la República
Imagen alusiva al proyecto de ley de tarifas de energía que radicará el Ministerio de Minas en el Congreso de la República | Foto: Ministerio de Minas / Documento del proyecto de ley de Tarifas de energía

Un proyecto de legislativo de grueso calibre, tan espinoso como el de la ley de financiamiento que también se alista para entrar a la lupa del Congreso de la República, saldrá al ruedo este martes 21 de octubre, pese a que se creía que ya estaba engabetado, teniendo en cuenta que el año está en la recta final y, además, los parlamentarios entraron ya en modo ‘campaña electoral’.

Se trata de la ley de tarifas de energía, titulada ‘Regulación justa y democratización del sector energético’, cuya radicación estaba prevista para agosto, pero la fuerte resistencia de los gremios, que vieron una serie de inconsistencias en el documento en borrador destapado en junio, retrasó el proceso.

Ahora, según conoció SEMANA, será radicado por el ministro Edwin Palma, con 14 artículos, varios de los cuales tienen ajustes en comparación con el texto preliminar divulgado hace cuatro meses.

edwin palma Ministro de Minas y Energía
Edwin Palma, ministro de Minas y Energía | Foto: presidencia

La promesa de campaña de Petro

Eso sí, se mantiene la idea de aliviar el costo del servicio para los usuarios, luego de tres años del Gobierno de Gustavo Petro, quien prometió en campaña bajar las tarifas de energía a costa de lo que fuera, pero que ninguno de los dos ministros de minas anteriores, Irene Vélez y Andrés Camacho, pudieron materializar. En la actualidad, pese a la expedición de algunos decretos, los usuarios, principalmente los de la región Caribe, dicen que aún no perciban beneficios en la factura de la luz.

De acuerdo con el documento conocido por este medio, el proyecto de ley de tarifas de energía modifica varios tópicos de la estructura regulatoria del sector energético, tratando de solucionar problemas como: “la asignación ineficiente de subsidios; los cobros ajenos al consumo de energía; la alta carga tarifaria que soportan los usuarios del servicio de energía eléctrica, y la ineficiencia en los mecanismos de respaldo y confiabilidad del sistema eléctrico”, entre otros que señala la propuesta legislativa.

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Subsidios de energía. | Foto: Aymer Andrés Álvarez

¿Qué quedó en el articulado?

Así las cosas, y tras la dura batalla que ha habido, previo a la definición del contenido final del proyecto de ley, esto es lo que contiene:

  1. Revolcón a los subsidios. El artículo 3 redefine los criterios para la entrega de subsidios, condicionando el beneficio al consumo eficiente. Este punto fue altamente criticado en el borrador, pues se establecía un tope de consumo que estaba muy lejos de la realidad de los usuarios de la región Caribe. Ahora, se plantea protección a hogares en situación de vulnerabilidad, usuarios con dependencia energética por salud, hogares ubicados en climas extremos y familias numerosas.
  2. Los que pagarán la deuda por opción tarifaria. En el proyecto de ley quedó establecido que esta obligación, que iba a ser asumida por el Estado, ahora será cargada a los estratos 5 y 6 (antes se incluía también el estrato 4), a los usuarios no regulados y no residenciales. Hay que recordar que la opción tarifaria que una estrategia aplicada en pandemia para que las familias pudieran dejar de pagar el recibo de la luz en el momento de la crisis sanitaria y económica. La deuda que se pagará será la contraída por los estratos 1, 2 y 3.
  3. Otra carga para estratos 5 y 6. Quedarán obligados también a contribuir proporcionalmente para el sostenimiento de los subsidios de estratos bajos. Los autogeneradores de energía a pequeña escala (por ejemplo, un negocio que tenga un panel solar o una turbina eólica también haría aportes para el financiamiento de subsidios).
  4. Sin más arandelas que el consumo. El artículo 4 retoma la prohibición expresa de tasas e impuestos no vinculados al servicio. Es decir, en la factura no se podrán incluir impuestos o contribuciones distintas al valor del consumo.
  5. Un plazo para los departamentos. En un año fue establecido el plazo para que departamentos, distritos y municipios eliminen tributos cuyo hecho generador sea el consumo eléctrico.
  6. Tiempo para la vigencia de metodologías tarifarias. Se fija en cinco años la vigencia de metodologías tarifarias, con revisiones periódicas para hacer ajustes de manera anticipada.
  7. Autorización a la CREG. La Comisión de Regulación de Energía y Gas quedará autorizada para diferenciar precios en el mercado mayorista, según el tipo de fuentes.
  8. La composición de la CREG. Este punto ha sido controversial. No obstante, en el proyecto de ley queda estipulado que este equipo que debe definir las reglas de juego en un sector tan sensible incorporaría representantes de usuarios, sindicatos y academia. Además, se prevé la creación del Comité Consultivo Ciudadano de Participación.
  9. De los fondos eléctricos. Se autoriza el incremento controlado de recursos del Faer, Prone, Fazni y Foes, pero habrá priorización de su sostenibilidad financiera y el fin último será reducir la pobreza energética (falta de acceso suficiente a fuentes de energía).
  10. Para hidroeléctricas. Uno de los artículos del proyecto de ley destina un porcentaje extra de ventas brutas de generación a proyectos sociales y reducción de costos energéticos en algunos territorios.

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