Economía

Ley les quita poder a los vigilantes en conjuntos residenciales: ojo a esta práctica común

Este es un tema desconocido por quienes residen en este tipo de agrupaciones.

30 de septiembre de 2025, 3:00 p. m.
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Esta es la prohibición que no pueden hacerle. | Foto: Getty Images/iStockphoto

La propiedad horizontal es una modalidad en la que millones de colombianos habitan desde hace varios años y que ha aumentado en las últimas décadas tras el crecimiento escalonado de los habitantes en ciudades principales.

Dentro de este tipo de propiedades, como conjuntos residenciales, normalmente funcionan empresas de seguridad privada, que garantizan que el acceso y la salida de residentes y visitantes se dé de manera cuidadosa y organizada.

Los organismos de socorro de la ciudad llegaron hasta este reconocido conjunto residencial para auxiliar a la joven, tras caer del cuarto piso de la torre A6, confirmaron los testigos.
Esto es lo que no es permitido en conjuntos residenciales. | Foto: Francisco Calderón

Sin embargo, muy pocos conocen cuáles son los alcances que tienen este tipo de trabajadores. Estos conjuntos se rigen bajo la Ley de Propiedad Horizontal que define algunas directrices.

Hay una prohibición que normalmente funciona en algunos conjuntos, pero que realmente no tiene validez y se trata de la que se da cuando los vigilantes no permiten que alguien retire sus pertenencias de la copropiedad si adeuda cuotas de administración o algún otro rubro del conjunto residencial.

Esta actuación estaría prohibida. El portal de la Notaría 19 indica que en la Ley de Propiedad Horizontal no se encuentra ninguna norma que permita que los administradores retengan bienes de la mudanza por mora en las cuotas administrativas, aunque la administración puede iniciar los respectivos procesos judiciales para cobrar la deuda por administración o realizar acuerdos de pago.

Todo lo que debe saber sobre las multas en los conjuntos residenciales.
Todo lo que debe saber sobre las multas en los conjuntos residenciales. | Foto: Montaje El País

Esto quiere decir que, si a un ciudadano se le retienen sus bienes en la portería o le impiden la salida de la copropiedad, esta acción podría configurarse como una situación grave, pues sería una retención indebida, sancionada por el Código Civil.

Artículo 971, retención indebida, indica que “las reglas de este título se aplicarán contra el que, poseyendo a nombre ajeno, retenga indebidamente una cosa raíz o mueble, aunque lo haga sin ánimo de señor”.

Por ello, si usted llega a ser víctima de esta actuación, puede acudir ante las autoridades para denunciarla.