Economía
Mintrabajo aclara dato clave sobre licencia que muchos colombianos piden: esto es lo que tiene que saber
Es la ley 1280 de 2009 la que garantiza este derecho.
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Los trabajadores colombianos tienen derecho, gracias a la legislación laboral, de varios días de licencia dependiendo de distintas situaciones que puedan llegar a vivir en sus núcleos familiares. Por ejemplo, las licencias de paternidad y maternidad, que se otorgan tras un embarazo. También existen las licencias no remuneradas, en las que el trabajador puede solicitar permiso sin que el día le sea pagado.
Otra de las más populares es la licencia de luto, que, según la Ley 1280 del 2009, otorga una serie de derechos a los trabajadores. Esta licencia aplica en un caso de fallecimiento de un cónyuge, compañero (a) permanente, o familiares hasta segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o primero civil.

Quienes enfrenten esta situación tienen derecho a una licencia remunerada de cinco días hábiles, durante los cuales podrán ausentarse de sus funciones y de su lugar de trabajo sin perjuicio alguno. Este derecho rige para todas las modalidades de contratación y debe acreditarse mediante un documento expedido por la autoridad competente dentro de los treinta días siguientes al fallecimiento.
La norma también establece que las EPS deben brindar apoyo psicológico a la familia del trabajador. Sin embargo, existe una duda respecto al cálculo de los días hábiles que debe tomar el trabajador. La norma señala que este cálculo se determina según la jornada laboral pactada.

Es decir, si usted trabaja en un horario de lunes a sábado, los cinco días de licencia corresponderán a los seis días naturales. Si trabaja de lunes a viernes, podrá tomar la licencia durante todos estos días. Si la jornada es parcial, tendrá que contabilizarlos por los días de trabajo.
Estas disposiciones permiten ajustar el mecanismo a las particularidades y cláusulas de cada contrato laboral. Recuerde que, si tiene algún inconveniente con su licencia de luto, deberá comunicarse con su empleador y acordar cómo se aplicará.

De lo contrario, podrá dirigirse a las autoridades territoriales o inspecciones de trabajo para denunciar lo ocurrido.