Reforma tributaria
¿Quiénes deberán pagar impuesto a la riqueza de ser aprobado el proyecto de ley?
En el documento de la reforma tributaria que se radicará en el Congreso, que tiene 163 artículos, se explica que los colombianos con una patrimonio superior a las 134 UVT tendrían que pagar un impuesto a la riqueza.
El texto final de la reforma tributaria, que fue conocido esta mañana y se radicará esta tarde en el Congreso de la República, contiene puntos de interés para todos los colombianos, como lo es el impuesto a la riqueza. Como lo menciona el texto, los colombianos que cuenten con un patrimonio superior a las 134.000 unidades de valor tributario (UVT), es decir más de 4.865 millones de pesos, tendrán que pagar este impuesto, denominado “a la riqueza”.
De esta manera, si una persona tiene un patrimonio líquido entre 134.000 UVT y 402.000 UVT (estas últimas que representan $ 14.594′816.000) pagaría una tarifa marginal del 1 %, y si el patrimonio es mayor que esas 402.000 UVT pagaría una tarifa del 2 %. Este impuesto aplicaría solo entre el 2022 y 2023.
Según el Gobierno nacional, para el pago del impuesto a la riqueza los participantes podrán excluir el valor patrimonial de su hogar y, según el mismo texto, también se puede excluir el 50 % de ese valor patrimonial de los bienes que sean objeto del impuesto complementario de normalización tributaria que hayan sido declarados en el periodo gravable 2022.
Es preciso explicar que la UVT es la medida equivalente a pesos utilizada para determinar diferentes obligaciones tributarias, por ejemplo las cuantías mínimas de retención en la fuente o sanciones. Este valor se ajusta anualmente según la variación del índice de precios al consumidor (IPC). Para el año 2021, la medida de una (1) UVT equivale a 36.308 pesos, de acuerdo con la resolución 000111 del 11 de diciembre de 2020.
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Otros puntos importantes de la reforma
Se ratifica la tarifa del 15 % a los dividendos; con el impuesto de renta, la tarifa máxima para las personas naturales será del 41 %, cuando sus ingresos sean superiores a 10.500 UVT ($ 381′234.000).
De igual manera, se eliminan las rentas exentas; en el caso de las empresas, llama la atención que se introduce una tarifa especial de renta, del 24 %, para ciertas sociedades (algunas de ellas mipymes).
Otra medida que se aplica, la cual ya había sido anunciada por el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, pero a partir de un monto menor, es el impuesto solidario, que será del 10 % a partir de salarios superiores a 10 millones de pesos.
Habrá también una sobretasa a la gasolina; un impuesto al uso del plástico, entre otras -muchas- medidas.
Por otro lado, se propone el IVA del 19 % a los servicios públicos de estratos 4, 5 y 6. Los recursos en cuentas AFC (ahorro para el fomento de la construcción) y pensiones voluntarias pasarían a dejar de estar exentos del impuesto de renta.
También, para las familias en condición de pobreza habrá devolución del IVA con una suma de 50 mil pesos mensuales.
En el proyecto se incluye la creación del programa Ingreso Solidario como una renta básica, el cual será de carácter permanente y correspondería a una transferencia monetaria no condicionada (directa y periódica), que tendría como propósito contribuir a la reducción de la pobreza y a disminuir las brechas de ingreso en el país.
El programa sería administrado por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS), entidad encargada de ejecutar, vigilar y realizar el respectivo seguimiento de las acciones, los planes y los mecanismos que se implementen en el marco de este programa.
En el documento, como antesala al fuerte paquete tributario, el Ministerio de Hacienda pone de presente el tema de la política social, lo que será su argumento para el objetivo que está en el horizonte: transformar totalmente el sistema tributario.
Cabe resaltar que esto no es un hecho todavía, pues las propuestas están sujetas al debate en la célula legislativa.