Economía
Revelan el polémico acuerdo que Colombia firmó con Venezuela para crear zona binacional: estos son los alcances
La vigencia del acuerdo será por cinco años y se prorrogará automáticamente por el mismo periodo, salvo que una de las partes notifique su intención de terminarlo.

Hace algunas horas, el dictador Nicolás Maduro anunció, durante un programa de televisión, el inicio de la suscripción de un acuerdo con el Gobierno colombiano para crear una zona binacional.
El dictador venezolano aseguró que la decisión se dio en el marco del fortalecimiento de lazos de amistad entre la República Bolivariana de Venezuela y la República de Colombia.
Ya se conoció el documento que fijaría los alcances de la medida y lo que permitiría tanto en territorio colombiano como en territorio venezolano.

El primer artículo detalla que se establecerá un marco de cooperación para formar una zona económica denominada Zona de Paz, Unión y Desarrollo Binacional, que comprende las poligonales en los estados Táchira y Zulia, por la parte venezolana; y el Norte de Santander, por la parte colombiana.
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En esta zona habrá una cooperación coordinada para abordar temas como cultura, educación, salud, comercio, turismo y cualquier otro que acuerden designar.
“Las partes podrán acordar la creación de otras zonas binacionales para ampliar y profundizar la unión y el desarrollo conjunto, al amparo de lo previsto en este memorándum de entendimiento”, indica el documento.
En el segundo artículo, el documento menciona que las partes involucradas realizarán un esfuerzo para promover la cooperación entre las autoridades nacionales, además de facilitar la articulación con instituciones públicas de ambos países.
Es decir que, en materia económica, con el acuerdo buscarán sacarle provecho a las zonas incluidas y sus potenciales. “De especial relevancia será el sector de producción agroalimentaria primaria donde se contempla productos como café, frutas tropicales, musáceas, cacao, caña de azúcar, tubérculos, ganadería, producción láctea y otros que podrían ser identificados de manera conjunta”, precisa.

En el tercer artículo, el acuerdo precisa que se designarán puntos focales nacionales, que serán enlaces directos entre las autoridades competentes de ambos países y velarán por el cumplimiento oportuno de los compromisos asumidos. También se creará un equipo de trabajo bilateral que elabore planes anuales, cronogramas y un flujo de trabajo. También deberá llevar a cabo reuniones ordinarias.
El artículo cuarto menciona los alcances de la norma. Asegura que la zona binacional está por definirse y requerirá trabajo técnico conjunto para identificar, delimitar y acordar los sectores y territorios que integrarán esta zona, de conformidad con las disposiciones legales, administrativas y de planificación territorial vigentes en cada país.
“Este memorándum no limita ni condiciona las decisiones soberanas que cada país adopte respecto de sus políticas de ordenamiento territorial, incentivos o instrumentos de desarrollo económico”, indica el documento.
Entre los artículos clave está el menciona que el acuerdo entrará en vigencia en la fecha de la firma y tendrá una vigencia de cinco años.
“Se prorrogará automáticamente por períodos iguales, a menos que cualquiera de las partes notifique por escrito al otro su intención de dar por terminados los efectos del presente memorándum de entendimiento al menos seis (6) meses antes del vencimiento del período inicial o de cualquier período posterior”, indica el documento.
Respecto a la posible finalización del acuerdo, este indica que cualquiera de las partes podrá terminar en cualquier momento el memorándum de entendimiento, notificando por escrito a la otra parte. “La terminación surtirá efecto noventa (90) días después de recibida dicha notificación”, indica.

Además, precisa que el cese de los efectos del memorándum de entendimiento no afectará la ejecución de proyectos, programas y cualquier otra iniciativa emprendida bajo el mismo hasta su culminación, a menos que las partes acuerden lo contrario.