Economía
¿En qué casos tiene derecho un hijo a la pensión de los padres en Colombia?
La ley del país es clara en relación con este tema.


En Colombia, el derecho a recibir una pensión como hijo de una persona fallecida o jubilada está contemplado dentro del marco del sistema pensional, tanto en el régimen de prima media (Colpensiones) como en los fondos privados.
Este beneficio no se otorga de forma automática a todos los hijos, sino que depende de ciertas condiciones legales establecidas por la normatividad vigente, especialmente la Ley 100 de 1993 y sus reformas.

Uno de los casos más comunes es cuando el padre o la madre (afiliado al sistema pensional) fallece. En este contexto, los hijos pueden tener derecho a la pensión de sobrevivientes, un beneficio que busca proteger a la familia del pensionado o afiliado fallecido. Para que un hijo acceda a esta pensión, debe cumplir con uno de los siguientes requisitos:
- Hijos menores de edad (menores de 18 años): tienen derecho automático a la pensión de sobrevivientes, siempre que dependieran económicamente del padre o madre fallecido.
- Hijos entre 18 y 25 años que estudien: si el hijo se encuentra cursando estudios y dependía económicamente del padre o la madre al momento del fallecimiento, puede recibir la pensión hasta que cumpla los 25 años, siempre que acredite su condición de estudiante de manera regular.
- Hijos con discapacidad: si un hijo sufre de una discapacidad física o mental permanente que le impida trabajar y era dependiente del afiliado fallecido, tiene derecho a recibir la pensión sin límite de edad. Este caso requiere certificación médica de pérdida de capacidad laboral superior al 50 % expedida por la Junta de Calificación de Invalidez o entidad competente.
En todos los casos mencionados, es fundamental que el hijo haya sido económicamente dependiente del padre o la madre fallecidos. La Corte Constitucional ha reiterado que el espíritu de la pensión de sobrevivientes es la protección del núcleo familiar más vulnerable frente a la pérdida del proveedor.
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Adicionalmente, en situaciones excepcionales, un hijo podría tener acceso a la pensión del padre vivo si este ha sido declarado judicialmente interdicto o se le ha designado como curador. No obstante, esto no es lo habitual y solo ocurre en casos donde se comprueba la total dependencia económica del padre hacia el hijo o viceversa.
También es importante aclarar que si un hijo quiere acceder a la pensión sustitutiva (cuando la persona muere sin haber alcanzado a pensionarse, pero ya cumplía los requisitos), debe acreditar los mismos requisitos de edad, dependencia económica y, en el caso de estudios, certificaciones académicas vigentes.