ECONOMÍA
Estas son las alternativas que tienen los colombianos para reclamar en el caso de no recibir por parte de su empleador la prima de servicios
Las empresas deben realizar la consignación en las próximas semanas.

Redacción Economía Revista Semana
Periodistas con larga experiencia en información económica, finanzas personales, bolsas de valores, asuntos macroeconómicos y fiscales del país.

En Colombia, la prima de servicios es una prestación social obligatoria que todo empleador debe pagar a sus trabajadores formales.
Esta se paga en dos partes: la primera, a más tardar el 30 de junio, y la segunda, a más tardar el 20 de diciembre de cada año. Corresponde a 15 días de salario por semestre trabajado y aplica tanto para trabajadores a término fijo como indefinido.
Sin embargo, en algunos casos los empleadores no cumplen con esta obligación en el plazo establecido. Por medio del Ministerio de Trabajo se encuentra la ruta de acción que se puede seguir para el reclamo del pago.
1. Dialogar con el empleador
El primer paso que recomiendo el ministerio es hablar directamente con el empleador o con el área de recursos humanos de la empresa. Es posible que se trate de un error administrativo o de una omisión que pueda resolverse de manera rápida.
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Durante esta conversación, es útil tener a mano el contrato de trabajo y los comprobantes de pago anteriores para verificar si efectivamente hay un incumplimiento.
2. Solicitud escrita
Si la conversación informal no da resultados, se puede enviar una solicitud formal por escrito (correo electrónico o carta) en la que se exija el pago de la prima, indicando la fecha en la que debió realizarse el pago, el monto correspondiente y el tiempo laborado. Es importante conservar una copia del mensaje enviado como prueba.
3. Acudir al Ministerio del Trabajo
Si el empleador no responde o se niega a pagar la prima, puede acudir al Ministerio del Trabajo para interponer una queja formal.
Esta entidad tiene la facultad de realizar visitas de inspección y sancionar a las empresas que incumplan con sus obligaciones laborales. Puede hacerlo en línea a través de la página oficial del Ministerio o presencialmente en una de sus sedes.
4. Acciones legales
Si después de agotar las vías anteriores el empleador sigue sin pagar la prima, puede interponerse una demanda laboral ante un juzgado.

En estos casos, el trabajador puede solicitar no solo el pago de la prima adeudada, sino también una sanción por mora, que corresponde a un día de salario por cada día de retraso en el pago, según lo establece el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo.
5. Asesoría legal
Es aconsejable buscar asesoría legal gratuita o de bajo costo si no cuenta con los medios para contratar un abogado. En Colombia, existen clínicas jurídicas u