Economía

Este es el valor que deben recibir los empleados domésticos en la prima de servicios

Para estos trabajadores, la medida fue impuesta en el año 2016.

29 de mayo de 2025, 11:10 p. m.
Prestaciones sociales
Trabajadora doméstica | Foto: Ministerio del Trabajo

La prima de servicios es un derecho laboral fundamental en Colombia y aplica también para las trabajadoras domésticas, ya sea que trabajen tiempo completo, por días, internas o externas.

Este pago debe hacerse dos veces al año, la primera mitad se paga en junio y la segunda en diciembre. Es importante que los empleadores estén bien informados sobre cómo calcular este pago para cumplir con la ley y garantizar los derechos laborales de las trabajadoras del hogar.

La prima de diciembre es común en muchos países de América Latina.
El próximo pago de este beneficio es en el mes de diciembre. | Foto: Getty Images/iStockphoto

¿Qué es la prima de servicios?

La prima de servicios equivale a 30 días de salario por cada año trabajado, dividida en dos pagos semestrales. En el país se debe realizar este pago en junio con la prima acumulada entre el 1 de enero y el 30 de junio, y en diciembre se paga la otra mitad correspondiente al segundo semestre.

Este pago reconoce el aporte del trabajador o trabajadora al desarrollo económico del empleador y es una obligación establecida en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, y reglamentada para los empleados domésticos desde la Ley 1788 de 2016.

¿Cómo calcular la prima?

Lo primero que se debe tener en cuenta es el tiempo laborado por la persona, si la misma ha completado los 180 días sin interrupción debe multiplicar el valor del suelo por 180 y dividirlo en 360.

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Los empleadores del país deben pagar esta beneficio en las próximas semanas. | Foto: Composición de El País con imágenes de Pocki IA y Getty

En el caso actual, si un trabajador doméstico gana el salario mínimo mensual legal vigente en 2025, que es de $ 1.623.500 y trabajó todo el semestre, es decir, 180 días, el cálculo sería: 1.623.500 por 180 dividido en 360 que daría un valor de $811.750, este sería el monto que debe pagarle el patrón de estos empleados en la prima de junio.

En caso de que el trabajador haya laborado por días o por menos tiempo, se debe ajustar el cálculo al número real de días trabajados y al salario correspondiente.

También se debe tener en cuenta si recibe auxilio de transporte, ya que este se incluye en la base salarial para efectos de calcular la prima.

Para quienes trabajan por días, el empleador debe sumar el total pagado en salarios durante el semestre, incluyendo los días efectivamente laborados y los pagos por descansos dominicales si aplican. Luego, se toma el 50 % de esa suma como prima de junio.

¿Cuándo se debe pagar?

El pago de la prima de junio debe hacerse a más tardar el 30 del mismo mes. El incumplimiento de esta obligación puede generar sanciones legales para el empleador, incluyendo el pago de intereses moratorios y multas impuestas por el Ministerio del Trabajo.