Economía
¿Puede ir a la cárcel por una deuda?
Las leyes del país son muy claras en relación con las deudas y compromisos por pagar.


En Colombia, el principio general es que nadie puede ir a la cárcel por deudas civiles o comerciales. Esto está consagrado en el artículo 28 de la Constitución Política, que establece que la libertad personal solo puede restringirse por mandato de autoridad judicial competente y en los casos determinados por la ley.
Así, si una persona tiene deudas con bancos, tarjetas de crédito, prestamistas o incluso con otros particulares, no puede ser privada de su libertad por el simple hecho de no pagar.

Este principio se basa en la lógica de que el incumplimiento de obligaciones civiles debe resolverse por la vía civil y no penal.
Por ejemplo, si una persona deja de pagar una cuota de su préstamo bancario, el acreedor puede iniciar un proceso ejecutivo para embargar bienes o cuentas, pero no puede solicitar una orden de captura.
Sin embargo, existen excepciones en las que una deuda puede tener consecuencias penales, y en ciertos casos sí es posible ir a la cárcel, las superintendencias, en compañía del Ministerio de Justicia, cuentan con una serie de excepciones en la materia.
1. Cuotas alimentarias
La excepción más clara y común es el incumplimiento en el pago de la cuota alimentaria. Según el Código Penal colombiano, quien no cumpla con sus obligaciones alimentarias, como la manutención de hijos menores o dependientes, puede enfrentar una pena de prisión que va de uno a tres años, además de multas.
En estos casos, se considera que la omisión no es solo una deuda económica, sino un delito que atenta contra el bienestar de personas vulnerables.

El proceso para llegar a una sanción penal comienza generalmente por la vía civil, pero si el deudor alimentario persiste en el incumplimiento, se puede denunciar ante la Fiscalía. Si se demuestra que ha tenido la capacidad económica y aun así ha evadido el pago, un juez puede ordenar su captura y posterior condena.
2. Estafa o abuso de confianza
Si una persona adquiere una deuda mediante engaño o con la intención de no pagar, podría incurrir en delitos como estafa o abuso de confianza, los cuales sí están tipificados en el Código Penal.
Por ejemplo, si alguien solicita un préstamo privado sabiendo que no lo va a pagar o falsifica documentos para obtener un crédito, esto puede derivar en una investigación penal y eventualmente en prisión.
3. Emisión de cheques sin fondos
Emitir cheques sin fondos también puede acarrear consecuencias penales. Si una persona gira un cheque sabiendo que no tiene fondos suficientes para cubrirlo, puede enfrentar una denuncia penal por cheque fraudulento, lo cual también puede conllevar penas de prisión.