Economía
Colegios están obligados a enseñar clase olvidada en Colombia: ley hace claridad
Esto es lo que indica la normativa.

En Colombia son varias las normas que regulan al sector educativo y más en específico a los colegios, tanto públicos y privados, que se deben regir por ciertas directrices, más exactamente consignadas en la Ley 115 de 1994, denominada Ley General de Educación, además de la Constitución Política de Colombia.
Sin embargo, hay algunas normas que son desconocidas para muchos y que obligan a los colegios a garantizar ciertos conocimientos a los estudiantes. De hecho, hay una que pocos conocen, y que los colegios estarían obligados a cumplir.

La Ley de Tránsito, que es la 769 del 2002 también establece algunas medidas para los colegios, pues en el artículo 56 especifica la obligatoriedad de enseñanza.
“Se establece como obligatoria, en la educación Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria, la enseñanza en educación vial de manera sistemática, de conformidad con los objetivos y propósitos señalados en la presente ley”, indica.
Es decir, los colegios deberán implementar en sus programas la enseñanza de este tipo de normas, con el fin de garantizar que los menores conozcan las directrices que se rigen al ser actores viales, ya sea como peatones, conductores y demás.

Es importante aclarar que el desarrollo de esta temática no obliga a que los colegios implementen una nueva materia, sino que sea incorporada en alguna parte del plan de estudios.
Las instituciones educativas son las que deberán decidir de manera autónoma en qué materia o espacio asignarán el curso para la enseñanza de esta temática.
Por su parte, el Ministerio de Educación también ha definido una serie de responsabilidades para emitir orientaciones pedagógicas y así facilitar dicha incorporación.
