Educación
Gobierno emitió decreto con cambios en jornada escolar de los colegios públicos; estas son las principales modificaciones
La normativa incluye ajustes en el cumplimiento de la jornada por parte de docentes y directivos. Además, crea un “espacio de descanso pedagógico estudiantil”.

El Ministerio de Educación Nacional emitió esta semana el Decreto 277 de 2025, que establece ajustes en el horario de la jornada escolar, la asignación académica y el cumplimiento de la jornada laboral por parte de docentes y directivos en los colegios públicos del país.
Según señaló la cartera educativa, el documento es fruto de los diálogos y acuerdos alcanzados en el marco de la mesa permanente entre el Ministerio de Educación y la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (Fecode). Busca fortalecer el rol docente “más allá del aula, garantizando un equilibrio entre el tiempo de enseñanza y las actividades complementarias que contribuyen a la calidad educativa”.
Entre los cambios que contempla la normativa se encuentra la inclusión del preescolar como nivel educativo y el tiempo de asignación académica docente para la atención de los niños.
En relación con los horarios de la jornada escolar, el decreto establece que se siguen manteniendo las 40 semanas lectivas al año, las cuales serán fijadas en el calendario académico.
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De igual manera, se determinó la intensidad mínima horaria, según el nivel educativo, de la siguiente manera:
- 20 horas semanales para preescolar. En el decreto previo no se establecía una intensidad para este nivel educativo.
- Se mantiene la intensidad de 25 horas para básica primaria y 30 para básica secundaria y media.
- 37 horas para el nivel de media técnica, siendo esta otra novedad en este decreto modificatorio, al incorporar este nivel académico.
Además, el ministerio estableció que la jornada escolar deberá incluir un “espacio de descanso pedagógico estudiantil”, en el cual el establecimiento educativo destinará cinco minutos dentro de cada clase de 60 minutos con el objetivo de “promover el bienestar de los estudiantes y fortalecer la relación pedagógica”.

Jornada de los docentes
Frente a la jornada laboral de los docentes, el documento señala que los educadores deben cumplir ocho horas laborales diarias distribuidas de la siguiente forma:
- Seis horas de permanencia continua en el establecimiento educativo dedicadas al cumplimiento de su asignación académica y a la ejecución de actividades curriculares complementarias.
- Dos horas para actividades curriculares complementarias y propias de su cargo que se desarrollarán de manera autónoma conforme a cada educador.
Otro cambio que incluye la normativa, según señaló el Ministerio de Educación, es que para el caso de los docentes orientadores y de apoyo pedagógico también se modifica su permanencia en el establecimiento educativo, que estaba fijada en mínimo ocho horas diarias.
Ahora, se acogen “a la distribución de seis horas continuas en la institución y dos horas para la realización de actividades propias del cargo de manera autónoma y acordadas con el rector o director”.
“En cuanto a los directivos docentes, rectores y coordinadores de los establecimientos educativos, se ratifica que estos distribuirán su permanencia en las jornadas o plantas físicas a su cargo, de tal manera que dediquen ocho (8) horas diarias al cumplimiento de sus funciones en el establecimiento educativo o en el cumplimiento de las propias de la naturaleza directiva de su cargo”, agregó.
La cartera educativa manifestó que frente al tiempo de asignación académica que el docente dedica a la atención directa de sus estudiantes, el decreto diferencia la cantidad de horas semanales que deberán destinarse para cada nivel educativo. Son 20 horas para preescolar (se incorpora este nivel), 25 horas para básica primaria y 22 horas para básica secundaria y media. Anteriormente, este tiempo estaba unificado en 22 horas para todos los niveles.
“Finalmente, se aclara que este nuevo decreto tiene como objetivo armonizar la jornada escolar y laboral de docentes y directivos docentes en los establecimientos educativos estatales, y no afectará de ninguna manera la prestación del servicio educativo”, subrayó el ministerio.