PRIMERA INFANCIA
¿Hasta cuándo la informalidad de los jardines infantiles?
Las normas para reglamentar la educación inicial se han quedado en promesas gubernamentales. ¿Por qué es tan urgente legislar sobre los jardines infantiles?
A principios de año, dos pequeños perdieron la vida en sus jardines infantiles (uno privado y otro público) en Bogotá. Esos casos volvieron a poner sobre la mesa el debate con respecto a la necesidad de reglamentar la educación inicial. En efecto, pese a que la Ley de Primera Infancia de 2016 ordenó decretar esas normas, el Gobierno anterior nunca lo hizo y los jardines infantiles en Colombia continúan operando en la informalidad.
?Esto significa un atraso en este nivel educativo, que muchos expertos consideran el más importante, pues en la edad de 0 a 5 años el cerebro es más receptivo a las intervenciones. Así lo evidenció un estudio de McKinsey & Company en Latinoamérica, según el cual el 78 % de los alumnos que manifestaron haber recibido algún tipo de educación formal hasta los 5 años obtuvo 30 puntos más que el resto en ciencia, en las pruebas Pisa.
?Pero, además, la falta de normatividad representa un riesgo, en muchos casos mortal, para los niños ingresados a instituciones que no están en el radar del sistema. De hecho, es incierto cuántos jardines privados existen y cuántos niños atienden allí. Frente a esa falta de regulación, la oferta privada también ha aprovechado el vacío legal para funcionar sin cumplir los mínimos estándares de calidad determinados en la Ley de Primera Infancia.?
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Actualmente, las guarderías no necesitan tramitar licencia de funcionamiento ni un registro obligatorio para ofrecer sus servicios. “Esto no solo fomenta las bajas condiciones de calidad, sino que también promueve la informalidad para contratar talento humano y les concede la libertad de operar sin ningún control de tarifas”, explica Carlos Andrés Aragón, asesor en educación de primera infancia.? Por falta de esta normatividad y monitoreo, cada tanto suceden hechos como el que ocurrió en un jardín privado de la localidad distrital de Engativá. Allí, un bebé de 11 meses apareció sin signos vitales.
De acuerdo con la Policía Metropolitana de Bogotá, la institución no estaba vinculada al Distrito o al ICBF, sino que pertenecía a una razón social de una ONG sin ánimo de lucro.? Solo en el caso de Bogotá, la Secretaría de Integración Social puede iniciar un proceso sancionatorio contra el jardín, que puede apelar. Y de llegar a la conclusión de que no cumple los estándares de calidad, la secretaría tiene la potestad de ordenar la suspensión temporal o definitiva. Sin embargo, solo el alcalde local puede hacer efectivo este acto.
?“Actualmente, tenemos inscritos 1.650 jardines públicos y privados, de los cuales en 1.319 verificamos el cumplimiento de los estándares en 2018. En el momento hay 200 en proceso administrativo sancionatorio. Ahora, de manera unilateral cerramos 25 jardines porque no cumplían con estándares de calidad”, explicó Lina María Sánchez, subdirectora para la Infancia de la Secretaría de Integración Social del Distrito. ?
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Con ese oscuro panorama, la oferta pública resulta la más segura y monitoreada. Las pocas cifras que existen sobre el tema así lo evidencian: de los 5,2 millones de niños de 0 a 5 años que había en el país hasta 2017, 2,4 millones pertenecen al nivel socioeconómico 1 y 2, de los cuales el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) solo atiende a 1,8 millones. ?Sin embargo, este año las cifras pueden variar considerablemente. Con el censo de 2018 realizado por el Dane, el ICBF hizo un cálculo preliminar sobre la población entre 0 y 5 años (estratos 1 y 2) que hay actualmente en el país. Según la institución, esta disminuyó.
Es decir, que ya no se trata de 2,4 millones de niños, sino al parecer de 800.000. Además, también encontró que esos menores están concentrados en los departamentos con mayor ruralidad, pobreza y población étnica, en donde no pueden acceder a servicios de atención. Esto implica la necesidad de reajustar los desafíos del ICBF en ese sentido.?Pero, mientras tanto, las entidades siguen sin herramientas legales para obligar a dichos establecimientos a observar los estándares mínimos exigidos por la Ley de Primera Infancia. ?
Por eso Bogotá, por ejemplo, uno de los pocos entes regionales que con sus recursos y voluntad política ha intentado regular estos centros, no puede proceder como quisiera, ya que aún no tiene todo el andamiaje legal para hacer efectivas las sanciones.?“En nuestro caso, generamos unos estándares de calidad compuestos de 151 preguntas que verifican los componentes de nutrición y salubridad; ambientes adecuados y seguros; proceso pedagógico; y talento humano y sistema administrativo. Sobre nada más nos pronunciamos. Porque no tenemos normas que nos permitan obligar a los jardines de una manera coercitiva a que cumplan”, aseguró Sánchez. ?
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¿Para cuando la regulación??
Se suponía que el Gobierno anterior resolvería la falta de normatividad, pues el Ministerio de Educación debía establecer los parámetros para la inspección y vigilancia de los jardines, como ordena la Ley de Primera Infancia. Pero eso nunca ocurrió. A pesar de que presentaron un proyecto de decreto, el Ministerio de Hacienda no lo aprobó, y quedó para revisión de la nueva ministra de Educación, María Victoria Angulo. ?
No obstante, esta propuesta no aparece en el proyecto del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. Semana Educación buscó a los voceros de esta cartera para conocer si este Gobierno planea reglamentarlo, pero la entidad no respondió. ?Así las cosas, el país logró dar un gran salto al sancionar una ley que protegiera a la primera infancia, pero aún queda mucho camino por recorrer en lo que respecta a la educación inicial. Y es que este nivel educativo, que no aparece en la Ley General de Educación, necesita que el Gobierno lo reglamente, por el bien de los niños más vulnerables.