Finanzas
¿Cómo cambiarse de fondo de pensiones en Colombia y cuáles son los requisitos?
A corte de julio de 2023, había unas 25,8 millones de personas afiliadas a los fondos privados de pensiones en el país, según la Superfinanciera.
Elegir un fondo de pensión es una de las decisiones más importantes en el ambiente laboral, ya que esto determinará las condiciones con las que la persona se pensionará. Al momento de elegir, se puede optar por un fondo privado o por el fondo público. Las decisiones dependerán de los objetivos y la situación de cada persona.
Sin embargo, el fondo elegido por primera vez no quiere decir que sea el de por vida, ya que no exige quedarse todo el tiempo de cotización ahí. Los afiliados al Sistema General de Pensiones pueden adelantar los trámites necesarios para trasladarse de un fondo privado (Régimen de Ahorro Invidudual – RAIS-) a público (Régimen de Prima Media con Prestación Definida) o viceversa, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos.
Requisitos para cambiarse de fondo de pensión
Si bien una persona puede hacer el cambio de fondo de pensión, se deben cumplir algunos requisitos. Según Colpensiones estos son:
- Tener 5 años de permanencia en Colpensiones o en los fondos privados. No importa si te has trasladado entre fondos privados, lo importante es que la suma del tiempo en el régimen privado sea de mínimo 5 años.
- Si ya cumplió 37 años y eres mujer, o 42 años y eres hombre, deberás solicitar y recibir la Doble Asesoría con ambos regímenes; es decir, con Colpensiones y con su fondo privado.
- Hay un máximo de edad para realizar el traslado entre fondo privado y público. En el caso de los hombres, la edad máxima son 52 años de edad y en el caso de las mujeres 47 años.
- Está prohibida la multiafiliación, es decir, realizar cotizaciones en los dos regímenes.
Lo que se debe tener en cuenta, según el Ministerio de Justicia
Tendencias
- La entidad a la cual se solicitó la doble asesoría tiene un día para notificar a la entidad del otro régimen. Internamente, estas se encargan de registrar la solicitud.
- Los asesores de ambas entidades deben brindar las proyecciones de lo que sería la pensión de vejez de la persona que lo solicita.
- El trabajador es libre de elegir a qué régimen de pensión quiere afiliarse y el empleador no puede impedir bajo ninguna circunstancia esta selección.
Así está el sistema de afiliación
Un informe de la Superintendencia Financiera de Colombia mostró que, a corte de julio de 2023, había cerca de 25,8 millones de personas afiliadas a los fondos privados de pensiones en el país. De estos, 18,63 millones pertenecen a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), mientras que 6,77 millones están en el Régimen de Prima Media, que es administrado por Colpensiones.
Sin embargo, cuando se mira el panorama más ampliado, solo el 55 % de la población económicamente activa en el país está afiliada a un fondo de pensiones, lo que revela que el 45 % de la población no están cotizando para la vejez, lo que supone un riesgo, así lo reveló un estudio de la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías (Asofondos).