Finanzas
Esta es la ley en Colombia que le permite recuperar el dinero transferido por error
Tenga en cuenta que deberá aplicar a la norma hasta seis meses después de que suceda el hecho.
Con el aumento de la bancarización en Colombia y el auge de billeteras digitales, cada vez son más los usuarios que utilizan estos canales virtuales para realizar todo tipo de transacciones y transferencias. Aunque esta revolución digital ha traído ventajas, lo cierto es que también ha traído escenarios poco convenientes.
Uno de los más comunes, y que ha ido en aumento, es el envío erróneo del dinero a otra cuenta distinta a la deseada. Normalmente esto sucede cuando una persona teclea mal un número de cuenta o un número de teléfono durante la transacción. Aunque las aplicaciones han aumentado las medidas de seguridad para evitar estos escenarios.
Normalmente, los expertos indican que si usted realizó la transferencia a una cuenta equivocada en Colombia, ya sea a un banco o a una billetera virtual, es clave que actúe rápido. Primero, verifique los detalles de la transacción y contacte de inmediato al banco o a la entidad responsable de la billetera a través de sus canales de atención para reportar el error. Si la cuenta existe y el dinero fue recibido, la entidad financiera puede intentar comunicarse con el titular para gestionar la devolución, pero no puede obligarlo a regresar los fondos.
Sin embargo, pocos conocen de una alternativa que está estipulada en la legislación colombiana para recuperar el dinero transferido. Si se equivocó haciendo la transferencia, también puede optar por acudir a las autoridades para que estas le brinden su ayuda.
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Tenga en cuenta que si usted se comunica con la persona a la que erróneamente le envió el dinero y esta decide bloquearlo o cortar cualquier canal de comunicación, con la intención de adueñarse del dinero, esta estaría cometiendo un delito grave.
Este delito está tipificado en el Código Penal, que es la ley 599 del 2000, específicamente en el artículo 252, que se refiere al delito “aprovechamiento de error ajeno o caso fortuito”, que se aplica cuando una persona se aprovecha de este escenario para no devolver un monto de dinero y beneficiarse.
“El que se apropie de bien que pertenezca a otro y en cuya posesión hubiere entrado por error ajeno o caso fortuito, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses. La pena será de prisión de dieciséis (16) a treinta y treinta y seis (36) meses cuando la cuantía no exceda de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes”, indica la norma.
Tenga en cuenta que los juristas indican que para poder hacer válido este delito, deberá presentar la denuncia los primeros 6 meses luego de que este se configure. Si no lo hace, ya no sería válido.
Si a usted le sucedió un escenario similar y desea hacer valer sus derechos, cumpliendo el tiempo estipulado, es importante que acuda a la Fiscalía General de la Nación para que estos hagan la investigación correspondiente.