Finanzas
Deuda con el Icetex: ¿puede acogerse a la Ley de insolvencia? Ojo al proceso
Esta es una de las entidades más importantes en temas de créditos educativos.
Siga las noticias de SEMANA en Google Discover y manténgase informado

Acceder a educación formal es una de las tareas que más se les complica a los jóvenes colombianos, dadas las múltiples barreras que tienen que sortear para poder estudiar en una universidad de calidad, ya sea por el alto precio que tienen las matrículas de las instituciones posicionadas, o por la dificultad o pocos cupos que tienen las universidades privadas.
En medio de este proceso, muchos optan por tomar créditos educativos para pagar universidades que no pueden costear con dinero líquido. Sin embargo, algunos no logran cancelar sus deudas de manera exitosa y tienen que sortear moras y otros problemas asociados al no pago de sus obligaciones.

Por este motivo, varios se preguntan sobre la Ley de insolvencia cuando no pueden pagar sus deudas. Aquí le explicamos cómo funciona esa figura y si usted como deudor del Icetex puede acceder a la misma.
Esta ley es la 2445 de 2025 y permite que un deudor llegue a varios acuerdos con sus acreedores para cubrir de manera exitosa el monto moratorio.
Entre los requisitos se encuentra haber incumplido el pago de dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores por más de 90 días, o contra el cual cursen dos o más procesos ejecutivos de jurisdicción coactiva.

El acuerdo bajo la ley de insolvencia se suscribe con todos los acreedores al mismo tiempo y se encuentra sujeto a la aprobación de un juez. Si el jurista considera que su solicitud es viable y debe ser aprobada, este ordenará el congelamiento de cualquier proceso judicial en su contra, que se relacione con el cobro de créditos. Luego se ordenará el cumplimiento del nuevo acuerdo.
Es importante tener cuidado con el incumplimiento del nuevo acuerdo. Esto debido a que si no lo cumple en los términos establecidos, los acreedores, o quien hizo la conciliación, puede declarar el proceso como fallido y optar por una liquidación patrimonial. Es decir, que con sus bienes se empiece a pagar la deuda.

Para acogerse a la ley de insolvencia, deberá dirigirse a un centro de conciliación autorizado y presentar, en calidad de deudor o a través de su abogado, una serie de documentos establecidos.