Impuestos
El gangazo con dependientes económicos que podrán aprovechar los colombianos al realizar declaración de renta como persona natural
Desde el 12 de agosto empiezan los últimos plazos para cumplir con la obligación tributaria de declarar. Aunque no siempre la persona tendrá que pagar, para quienes sí deben hacerlo hay beneficios que le permitirán reducir el aporte.
Cuando se trata de impuestos, lo que más buscan los colombianos es ahorrar y aunque poco a poco se han ido reduciendo beneficios tributarios, en el caso de las personas naturales, para 2024 se juntaron algunos que puso la reforma tributaria del Gobierno anterior, con otros que hacen parte de la ley tributaria que hizo el presidente Gustavo Petro.
En el caso de las personas naturales, que hacen parte del calendario que inicia el 12 de agosto, con los últimos plazos para cumplir la obligación con el Estado, hay una gabela por tener dependientes económicos a cargo, que sin duda será benéfica para los contribuyentes.
Hasta cuatro dependientes
Así lo confirmó Jeisson Ramírez, director de la firma Touché Asesores, quien explica que, “para este año, los trabajadores podrían incluir hasta 4 dependientes económicos adicionales, debido a la última reforma tributaria de 2022. En cuanto a estos cuatro nuevos dependientes, se permitirá una deducción de máximo de 72 UVT (Unidad de Valor Tributario) por cada dependiente”, dijo el experto.
En plata blanca, serían 3.053.664 de pesos, teniendo en cuenta que la UVT para 2023, que es el año sobre el cual se va a aportar el impuesto de renta ahora, equivale a 42.412 pesos.
De acuerdo con las explicaciones de Ramírez, “esos cuatro dependientes generarían una deducción adicional de 12.214.656 de pesos”.
Se junta un beneficio con otro
Lo mejor, según expresa de director de Touché Asesores, es que “ese beneficio se puede aplicar junto con el beneficio de dependientes económicos que ya se venía aplicando en años anteriores, el cual consiste en un 10 % de los ingresos del trabajador, y que en todo caso no puede superar en el año de 384 UVT ($ 16.286.208)”.
Se pueden incluir en más de una declaración
Pero no es todo. También hay otra novedad que podrá ayudar aún más a los contribuyentes a aliviar la carga con la declaración de renta. “Para este año, los dependientes económicos podrían ser incluidos al mismo tiempo en más de una declaración de renta”. Esto era algo que no se permitía antes.
Un ejemplo expresado por el especialista en el tema ilustra aún más el alcance del beneficio con el dependiente económico, cuando dos contribuyentes lo incluyen en su formulario de declaración del impuesto. “Un hijo de 5 años podría ser presentado en la declaración de renta, para obtener el beneficio, tanto por el padre como por la madre (al mismo tiempo). Esto, siempre y cuando se cumplan todos los requisitos para tipificar como dependiente económico”.
Ramírez también recordó que para obtener la deducción por dependientes económicos, el contribuyente tendrá que soportar el hecho, mediante certificación de contador público.
No olvide exigir la factura electrónica, puede representarle plata
La Dian también está interesada en promover la facturación electrónica, por lo cual en las normas que incluyó hay una deducción especial del 1 % por tener facturas electrónicas.
De acuerdo con las explicaciones del directivo de la firma Touché Asesores, “los contribuyentes que incluyan ingresos en la cédula general (esto es: rentas de trabajo, rentas de capital y rentas no laborales), podrán tomar como deducción especial en su declaración de renta el 1 % de las compras de bienes y servicios que hagan a través de facturas electrónicas. Para este beneficio, no importa cuál haya sido el concepto de la compra (zapatos, iPhone, cursos, camisas, entre otros”.
En todo caso, dicho beneficio no podrá superar anualmente la cifra de 240 UVT ($ 10.178.880 a valores de 2023), explicó Ramírez.
Suena fácil, pero no tanto
La gabela en la declaración de renta, con la factura electrónica, suena fácil. Sin embargo, hay unos requisitos que pocos logran cumplir. “Para que la factura electrónica sea procedente para el beneficio, esta deberá contener los nombres y apellidos del contribuyente, así como el NIT de este último. Adicionalmente, es indispensable que el campo de la factura electrónica llamado medio de pago indique: tarjeta débito, tarjeta crédito, o cualquier medio electrónico de pago a través de una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera”. Eso implica que, por ningún motivo, la Dian aceptará facturas pagadas en efectivo, motivo por el cual solo el 19,7 % de las facturas electrónicas emitidas en 2023 a personas naturales podrán ser utilizadas para el beneficio de la deducción del 1 %, según información consolidada por la entidad recaudadora.
Podrá revisar usted mismo
En las explicaciones sobre el uso de la factura electrónica para bajar un poco el impuesto a pagar al presentar la declaración de renta, Ramírez recordó que, a partir de julio de 2024, en la Dian hay un reporte que indica si las facturas cumplen o no con todos los requisitos para aplicar al beneficio del 1 %.
La estadística puede ser consultada por el contribuyente, ingresando al portal web Dian, como usuario registrado, utilizando el NIT (el número de la cédula) y contraseña, para poder descargar dicho reporte y conocer si la factura presentada era válida o no válida.
Puede presentar ya la declaración de renta
Algo en lo que los colombianos suelen confundirse es en la fecha de presentación de la declaración de renta. Las fechas que hacen parte del calendario establecido son los últimos plazos para cumplir la obligación tributaria. Pero los contribuyentes podrán completar el formulario sin necesidad de esperar hasta el último momento.