Finanzas

Prepensionada de 59 años, a la que no le renovaron el contrato, ganó importante batalla legal

La mujer logró que se le reconocieran sus derechos fundamentales.

GoogleSiga las noticias de SEMANA en Google Discover y manténgase informado

31 de octubre de 2025, 11:09 p. m.
En Colombia, las personas que se acercan a la edad de jubilación tienen la posibilidad de trasladarse entre los regímenes pensionales público y privado, pero este proceso no se realiza de manera directa. Para quienes consideran cambiar de régimen, existe un mecanismo obligatorio llamado doble asesoría, que permite tomar decisiones informadas sobre el futuro pensional.
En Colombia, las personas que se acercan a la edad de jubilación tienen la posibilidad de trasladarse entre los regímenes pensionales público y privado, pero este proceso no se realiza de manera directa. | Foto: Agencia 123rf

En los últimos días, la Corte Constitucional emitió un nuevo fallo judicial en el cual señaló que se dio lugar a la reclamación de una mujer de 59 años y 1.168 semanas de cotización, a quien no se le había renovado su contrato laboral.

Por medio de la resolución emitida, la entidad judicial ordenó al empleador de la mujer en cuestión su reintegro al cargo en el que se venía desempeñando, hasta que se emita un concepto que anule la decisión o hasta que la ciudadana sea incluida en las bases de datos de consignaciones de la entidad.

Los pensionados con mesadas iguales o inferiores a un salario mínimo solo deben aportar el 4 % para salud, según Colpensiones.
La mujer logró el reintegro a su puesto de trabajo. | Foto: 123RF

Entre los argumentos presentados por los actores del proceso judicial, se indicó que la renovación del contrato podía generar la imposibilidad de acceder a la pensión y que su proceso pensional se vería seriamente afectado.

El portal Ámbito Jurídico realizó un análisis del caso y señaló que “el alto tribunal recordó que la estabilidad laboral de las personas próximas a pensionarse se predica tanto de empleados públicos como de trabajadores privados, y se trata de la garantía de no ser desvinculadas del cargo o empleo cuando están a tres años o menos de cumplir con los requisitos para acceder a la pensión de vejez o jubilación, siempre que se verifique la posible afectación de derechos fundamentales como consecuencia de la desvinculación”.

Por otra parte, en la sentencia emitida se indicó que el principal concepto en el cual se basó la decisión es el principio de solidaridad, que protege a las personas en condición de vulnerabilidad y se aplica en diversas resoluciones donde se ven vulnerados los derechos de una persona.

¿Qué pasa en el momento de contar con las semanas necesarias, pero no con la edad para el trámite de pensión?

Cuando la persona cuenta con el número de semanas necesarias, pero no con la edad requerida, las leyes del país podrían dictaminar una sentencia opuesta a la emitida por la Corte Constitucional.

La Dian aclaró si los pensionados en Colombia deben realizar la declaración del impuesto de renta.
Las leyes del país brindan protección a las personas que están a pocos años de obtener su pensión. | Foto: 123 RF

“Cuando el único requisito faltante para acceder a la pensión de vejez es el de edad, dado que se acredita el cumplimiento del número mínimo de semanas de cotización, no hay lugar a considerar que la persona es beneficiaria del fuero de estabilidad laboral reforzada de prepensionable, dado que el requisito faltante de edad puede ser cumplido de manera posterior, con o sin vinculación laboral vigente”, señalan las leyes del país.