LABORAL
¿Desearle la muerte al jefe y su familia es justa causa de despido?
La Sala Laboral de la Corte Suprema dirimió un caso, en el que un trabajador realizó esta acción en contra de su empleador.
El caso de un trabajador que amenazó a su jefe y la familia de este, por medio de un mensaje de WhatsApp, llegó a la Corte Suprema de Justicia para decidir si esta situación podría confirmarse como una justa causa de despido.
La situación se dio al interior de una compañía, donde los colaboradores compartían un grupo en dicha red social, con el fin de coordinar labores.
A pesar de lo anterior, uno de los trabajadores escribió allí un duro mensaje en contra de su empleador: “Con el favor de Dios, que es grande y poderoso, ha de caerse un helicóptero de esos con toda su infinita misericordia para ver si el Sr. Ricardo Gaviria se entierra junto con los que lo aman”.
Como se ve en el mensaje, el trabajador le deseó la muerte a la persona que lo contrató, así como a los miembros de su familia y personas más cercanas. Al respecto, la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en la Sentencia 84167 de 2021, precisó que, en efecto, realizar este tipo de comentarios es justa causa para la terminación del contrato de trabajo.
Lo anterior se da, agregaron los magistrados, ya que se constituye un agravio que lesiona la dignidad del empleador y los integrantes de su grupo familiar.
De acuerdo con el portal Respuestas Laborales, “para la Corte, el maltratamiento debe entenderse en su sentido usual, valga decir, como acción y efecto de maltratar o maltratarse o sea tratar mal a uno de palabra u obra”.
Y agregó que “el maltrato inferido por el trabajador dentro del servicio, es decir, en las labores o en aspectos inherentes a las mismas y aquel en que incurra el patrono en cualquier circunstancia, no requiere del ingrediente de gravedad para que configure justa causa de despido”.
Esto último implica que si la mala conducta se presenta durante horas laborales o mientras se realiza una tarea del contrato, no hace falta que se grave. Mientras que sí requiere que lo sea, si la situación se presenta fuera del servicio por parte del empleado.
Por último, la providencia arriba citada indicó que a los contratantes, y particularmente al trabajador, les asiste la obvia posibilidad jurídica y humana de pedir, reclamar o exigir en modo respetuoso sus derechos.
Trámite para despedir a un trabajador por una causa justificada
De acuerdo con LegalApp del Ministerio de Justicia, para realizar el despido con justa causa por incumplimiento del contrato por parte del trabajador hay tres puntos claves que se deben tener en cuenta:
- El empleador deberá remitirle un documento o carta al trabajador, identificando con exactitud la causal o motivo del despido, y de ser el caso, presentando las pruebas respectivas. Se debe especificar en la comunicación los hechos y circunstancias con indicación de las modalidades de tiempo, lugar y condiciones.
- El empleador escuchará los argumentos del empleado respecto a la comunicación, garantizando que este se defienda y respetando el debido proceso, es decir, que tenga conocimiento de todo el procedimiento de despido. Luego de escucharlo decidirá si da por terminado el contrato de trabajo o no.
- En caso de determinar la necesidad de terminar el contrato de trabajo, el empleador debe hacer los respectivos pagos de liquidación y demás que se le adeuden.
Eso sí, tenga en cuenta que hay unos tiempos y condiciones adicionales para realizar un despido sin justa causa.
Entre estas que el empleador no debe pagarle indemnización al empleado, pero lo tendría que hacer si no le avisa de su decisión con 15 días de anticipación. Esto faculta al trabajador a reclamar la indemnización, ya que se convertiría en un despido injusto.