Finanzas
Vacaciones laborales remuneradas: ¿es posible recibir una compensación en dinero?
Debe acordarse por escrito entre las partes, y debe ser únicamente solicitada por parte del trabajador, el empleador no puede decretarlo de manera unilateral.
En el mundo laboral, hay muchas ocasiones en que los trabajadores desean un merecido descanso y un tiempo de vacaciones, donde también puedan compartir tiempo de ocio y disfrute con sus familias, estas suelen poder ser solicitadas después de un año de haber prestado los servicios a la empresa, sin embargo, algunos trabajadores poseen algunas dudas alrededor de este tema.
Aunque algunos lo desconozcan, las vacaciones se tratan de un derecho constitucional estipulado como un mínimo fundamental para el cumplimiento laboral del trabajador, especialmente en materia de descanso.
Es necesario recordar que aquellos trabajadores que no poseen un debido descanso, pueden presentar descensos en sus rendimientos de trabajo y obligaciones, lo que a la larga también puede implicar complicaciones empresariales para los empleadores, y a su vez de salud para los trabajadores.
Estas suelen poseer un plazo mínimo de 15 días, durante las cuales el trabajador debe permanecer totalmente alejado de sus labores diarias en la empresa, con el fin de que pueda recuperar las energías perdidas durante el año de servicio.
Sin embargo, cabe aclarar que esto también está en capacidad de negociación entre el empleador y el trabajador, como lo estipula el Código Sustantivo del Trabajo, a través de una compensación durante la mitad del tiempo de las vacaciones.
No obstante, esto debe seguir un debido proceso, debido a que esta compensación debe acordarse por escrito entre las partes, y debe ser únicamente solicitada por parte del trabajador, el empleador no puede decretarlo de manera unilateral.
Mientras que por otro lado, como estipula el Decreto 1072 del año 2015, cuando se autorice la compensación en dinero de las vacaciones, dicho pago solo se considerará válido si al momento de efectuarlo, el empleador concede simultáneamente en tiempo los días que no van a ser compensados en dinero.
Cabe aclarar a su vez que para esta compensación, se tomará como base el último salario devengado por el trabajador. A su vez, en caso de que el contrato del trabajador haya terminado, y este no haya disfrutado de sus vacaciones en ningún punto, estas tendrán que ser compensadas a través de dinero, pagando fraccionalmente por año cumplido.
Algunas complicaciones
Cierta parte de los trabajadores aprovecha sus vacaciones para viajar, por lo que actualmente ya algunos tienen en vista el próximo periodo de mitad de año, durante el cual llega la estación de verano alrededor de todo el mundo, de manera que estos aprovechan para visitar destinos turísticos.
Los colombianos aprovechan los meses de junio, julio y agosto para realizar sus vacaciones y desconectarse de sus tareas cotidianas. Por lo general, los destinos son climas cálidos y preferiblemente junto al mar, sin embargo, conseguir tiquetes no siempre es fácil, pues estos suelen estar a precios elevados debido a la crisis aérea.
Sin embargo, actualmente con las complicaciones que ha sufrido la industria aérea y de viajes, los tíquetes han subido a precios exorbitantes, lo que ha generado un impacto que incluso ya pudo ser evidenciado durante la temporada de Semana Santa con fuertes descensos para la industria turística.
Ante esta situación, algunas agencias de viaje han dado algunos consejos con el fin de potenciar la compra de boletos más baratos, y así permitir un reimpulso para el rubro, entre los cuales resaltan, poseer calendarios flexibles, comprar con anticipación, aprovechar promociones y explorar todas las opciones posibles no solo de vuelo, sino también de alojamiento.