Estados Unidos

Lista Clinton | Las razones contra “Verónica del Socorro Alcocer García, Armando Alberto Benedetti Villaneda, Nicolás Fernando Petro Burgos y Gustavo Francisco Petro Urrego”

El Departamento del Tesoro de Estados Unidos expuso los motivos por los cuales los incluyó en su lista negra.

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24 de octubre de 2025, 8:13 p. m.
Verónica Alcocer, primera dama de la Nación; Armando Benedetti, ministro del Interior; Nicolás Petro, hijo del presidente de la República, y Gustavo Petro, mandatario de los colombianos
Verónica Alcocer, primera dama de la Nación; Armando Benedetti, ministro del Interior; Nicolás Petro, hijo del presidente de la República, y Gustavo Petro, mandatario de los colombianos | Foto: SEMANA

El Departamento del Tesoro de Estados Unidos informó que “hoy, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos designa a Gustavo Francisco Petro Urrego (Gustavo Petro), presidente de Colombia, de conformidad con las autoridades relacionadas con la lucha contra las drogas. Además, la OFAC también está designando a varios partidarios de Gustavo Petro, a saber, su esposa, su hijo y un colaborador cercano”.

Estos fueron sus argumentos, en texto emitido oficialmente por el gobierno de Estados Unidos:

Gustavo Petro

“Colombia sigue siendo el principal productor y exportador de cocaína del mundo. La cocaína de Colombia a menudo es comprada por carteles mexicanos, quienes luego la contrabandean a Estados Unidos a través de la frontera sur. Es una sustancia catalogada que representa una importante amenaza para los Estados Unidos, a pesar de la reciente y frívola comparación de Gustavo Petro sobre el uso de la droga con el whisky.

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Gustavo Petro es un exguerrillero que fue elegido presidente de Colombia en 2022. Ha brindado beneficios a organizaciones narcoterroristas bajo los auspicios de su plan de “paz total”, entre otras políticas, que han llevado a niveles récord de cultivo de coca y producción de cocaína.

El presidente, Gustavo Petro, el 23 de octubre de 2025 en Bogotá
El presidente, Gustavo Petro, el 23 de octubre de 2025 en Bogotá | Foto: Juan Diego Cano - Presidencia de Colombia

El 15 de septiembre de 2025, debido a las acciones de Gustavo Petro y sus compinches, el presidente determinó que Colombia es un importante país de tránsito de drogas o un importante país productor de drogas ilícitas y que está ‘fallando de manera demostrable’ en cumplir con sus responsabilidades de control de drogas. El comportamiento errático de Gustavo Petro también ha alejado a Colombia de sus socios en otros aspectos.

En 2024, compartió información confidencial obtenida a través de canales seguros de comunicación contra el lavado de dinero, amenazando la integridad del sistema financiero internacional y llevando a la suspensión de la Unidad de Inteligencia Financiera de Colombia del Grupo Egmont. También se ha aliado con el régimen narcoterrorista de Nicolás Maduro Moros y el Cartel de Los Soles.

Gustavo Petro es designado hoy conforme a E.O. 14059 por haber participado o intentado participar en actividades o transacciones que hayan contribuido materialmente o presenten un riesgo significativo de contribuir materialmente a la proliferación internacional de drogas ilícitas o sus medios de producción".

Nicolás Petro

“El hijo mayor de Gustavo Petro, Nicolás Fernando Petro Burgos (Nicolás Petro), es considerado su heredero político. Se ha desempeñado como jefe de campaña de Gustavo Petro en Barranquilla. En 2023, Nicolás Petro fue arrestado en Colombia por lavado de dinero y enriquecimiento ilícito por acusaciones de que canalizó dinero recibido de narcotraficantes hacia los esfuerzos de “paz total” y la campaña electoral de Gustavo Petro. Posteriormente, Nicolás Petro admitió haber recibido dinero sucio de una persona anteriormente involucrada en el tráfico de narcóticos e hijo de un contratista procesado por financiar a paramilitares".

Verónica Alcocer

“La primera dama Verónica del Socorro Alcocer García fue nombrada inconstitucionalmente por Gustavo Petro para servir como embajadora “en misión especial”. Posteriormente, un tribunal colombiano anuló el nombramiento y decidió que el nombramiento violaba el artículo 126 de la Constitución colombiana, que prohíbe al presidente colombiano nombrar a su cónyuge o pareja permanente".

La delegación colombiana está integrada por la primera dama, Verónica Alcocer, y el canciller Álvaro Leyva.
La delegación colombiana está integrada por la primera dama, Verónica Alcocer, y el canciller Álvaro Leyva. | Foto: Cancillería

Armando Benedetti

“Armando Alberto Benedetti Villaneda (Armando Benedetti) ha sido designado para múltiples puestos de alto rango dentro del Gobierno colombiano por Gustavo Petro. En 2023 se filtraron grabaciones de audio de Armando Benedetti en las que habla de su participación en el financiamiento de campañas y la obtención de votos para Gustavo Petro. Más recientemente, en febrero de 2025, Gustavo Petro nombró a Armando Benedetti ministro del Interior de Colombia.

Nicolás Fernando Petro Burgos, Verónica del Socorro Alcocer García y Armando Benedetti están siendo designados hoy de conformidad con la E.O. 14059 por haber proporcionado, o intentado proporcionar, apoyo financiero, material o tecnológico, o bienes o servicios en apoyo de Gustavo Petro".

Laura Sarabia, Gustavo Petro, Armando Benedetti audios
Laura Sarabia, Gustavo Petro y Armando Benedetti | Foto: Esteban Vega / Juan Carlos Sierra / Getty Images

Implicaciones de las sanciones

“Como resultado de la acción de hoy, todos los bienes e intereses en propiedades de las personas designadas o bloqueadas descritas anteriormente que se encuentren en los Estados Unidos o en posesión o control de personas estadounidenses están bloqueados y deben informarse a la OFAC. Además, también se bloquea cualquier entidad que sea propiedad, directa o indirectamente, individualmente o en conjunto, en un 50 % o más de una o más personas bloqueadas. A menos que estén autorizadas por una licencia general o específica emitida por la OFAC, o exentas, las regulaciones de la OFAC generalmente prohíben todas las transacciones realizadas por personas estadounidenses o dentro (o en tránsito) de los Estados Unidos que involucren cualquier propiedad o intereses en propiedades de personas bloqueadas.

Las violaciones de las sanciones estadounidenses pueden dar lugar a la imposición de sanciones civiles o penales a personas estadounidenses y extranjeras. La OFAC puede imponer sanciones civiles por violaciones de sanciones sobre la base de responsabilidad estricta. Las Directrices para la aplicación de sanciones económicas de la OFAC brindan más información sobre la aplicación de las sanciones económicas estadounidenses por parte de la OFAC.

Además, las instituciones financieras y otras personas pueden correr el riesgo de exponerse a sanciones por participar en determinadas transacciones o actividades que involucren a personas designadas o bloqueadas de otro modo. Las prohibiciones incluyen la realización de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios por, para o en beneficio de cualquier persona designada o bloqueada, o la recepción de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios de dicha persona.

El poder y la integridad de las sanciones de la OFAC se derivan no solo de la capacidad de la OFAC para designar y agregar personas a la Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas (lista SDN), sino también de su voluntad de eliminar personas de la lista SDN de conformidad con la ley. El objetivo final de las sanciones no es castigar, sino provocar un cambio positivo de comportamiento. Para obtener información sobre el proceso para solicitar la eliminación de una lista de la OFAC, incluida la lista SDN, o para enviar una solicitud, consulte la guía de la OFAC sobre cómo presentar una petición de eliminación de una lista de la OFAC.

Las siguientes personas han sido agregadas a la lista SDN de la OFAC:

ALCOCER GARCÍA, Verónica del Socorro, Bogotá, Colombia; fecha de nacimiento el 26 de mayo de 1976; lugar de nacimiento: Sincelejo, Colombia; nacionalidad: colombiana; género: mujer; (Colombia) (individual) [DROGAS-ILÍCITAS-EO14059] (Vinculado a: PETRO URREGO, Gustavo Francisco).

BENEDETTI VILLANEDA, Armando Alberto, Colombia; fecha de nacimiento el 29 de agosto de 1967; lugar de nacimiento: Barranquilla, Colombia; nacionalidad: colombiana; género: masculino; (Colombia) (individual) [DROGAS-ILÍCITAS-EO14059] (Vinculado a: PETRO URREGO, Gustavo Francisco).

PETRO BURGOS, Nicolás Fernando, Barranquilla, Colombia; fecha de nacimiento el 21 de junio de 1986; lugar de nacimiento: Ciénaga de Oro, Colombia; nacionalidad: colombiana; género: masculino (individual) [DROGAS-ILÍCITAS-EO14059] (Vinculado a: PETRO URREGO, Gustavo Francisco).

PETRO URREGO, Gustavo Francisco, Bogotá, Colombia; fecha de nacimiento el 19 de abril de 1960; lugar de nacimiento: Zipaquirá, Colombia; nacionalidad: colombiana; ciudadana: colombiana e italiana; género: masculino; (Colombia) (individual) [DROGAS-ILÍCITAS-EO14059]“.