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Así tendrán que tramitarse los ceses al fuego, luego de que la Corte Constitucional los sacó del DIH. Estas son las implicaciones de la decisión

El demandante alegó que ese tipo de acuerdos humanitarios deben incluir la participación del Congreso y hasta expedición de decretos presidenciales.

7 de febrero de 2025, 11:06 a. m.
Asesinan a joven que había sido reclutado por las Farc, cuando pretendía escapar. - Imagen de referencia
El demandante alegó que ese tipo de acuerdos humanitarios deben incluir la participación del Congreso y hasta expedición de decretos presidenciales. | Foto: API

Actos legislativos, leyes o decretos serán las nuevas herramientas a las que deberá acudir el Gobierno Petro para tramitar los acuerdos parciales o totales, que alcance la iniciativa de la paz total con los grupos armados ilegales como las disidencias de las Farc y el ELN. Ese es uno de los primeros efectos que dejó la decisión de la Corte Constitucional tras sacar esos acuerdos como los ceses al fuego del Derecho Internacional Humanitario (DIH).

Andrés Caro, director de la Fundación para el Estado de Derecho (FEDe), organización que demandó el parágrafo de la paz total en la que incluía esos acuerdos al DIH, explicó que ese tipo de negociaciones de paz no son tratados internacionales y no prevalecen sobre la Constitución. Hay que recordar que el derecho internacional es un cuerpo jurídico que está por encima de la Constitución colombiana.

“Eso era lo que a nosotros más nos asustaba, precisamente, que, amparándose en este artículo de la ley de paz total, los acuerdos parciales y finales, el gobierno tratará de incorporarlos de inmediato. Entonces, eso no puede pasar y no podría pasar en ningún caso”, explicó Caro.

Además, aclaró que “es clave que entonces, para que haya un acuerdo vinculante para el Estado colombiano, tiene que pasar por las instituciones del Estado colombiano, por el Congreso de la República, y por las cortes, no solo por la decisión unilateral del Presidente de la República, o del alto comisionado para la paz”.

El alto comisionado para la paz, Otty Patiño, no parece optimista frente a las negociaciones con el ELN.
El alto comisionado para la paz, Otty Patiño. | Foto: AFP

Una de las precisiones más importantes que hizo la Corte en su decisión es que los acuerdos parciales de la paz total, como los ceses al fuego entre el ELN y el Gobierno Petro, no son parte del Derecho Internacional Humanitario, pues no se celebran entre sujetos de derecho internacional público sino entre partes enfrentadas en un conflicto interno.

El abogado constitucionalista Germán Calderón España fue más allá, y hasta advirtió que esta decisión del alto tribunal, podría tener algún tipo de efecto en el Acuerdo de Paz que el gobierno del expresidente Juan Manuel Santos firmó con la antigua guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc-EP).

Juan manuel Santos
Juan manuel Santos. | Foto: esteban vega la-rotta-semana

“Si se hace una interpretación extensiva a ese fallo de la Corte, bien podríamos pensar en que el Acuerdo Final de Paz con las Farc, podría sufrir la misma suerte y dejara de ser norma de rango constitucional y así pondría en aprietos jurídicos su implementación”, indicó España.

Ahora los acuerdos alcanzados con grupos armados no ingresarán al bloque de constitucionalidad, sino que deberán seguir los procedimientos establecidos en la ley colombiana, garantizando el control democrático a través del Congreso.

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