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Atención: Distrito actualizó tarifas para el servicio de parqueaderos en Bogotá
Esto se estableció teniendo en cuenta los indicadores económicos como el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de 2023 y el salario mínimo mensual para el 2024
El Distrito emitió el Decreto 097 de 2024, por el cual se actualizan los rangos de las tarifas por minuto a pagar por cajón de estacionamiento en vía públicas. Esto se estableció teniendo en cuenta los indicadores económicos como el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de 2023 y el salario mínimo mensual para el 2024, para una actualización del 10.82 %.
A partir del 19 de marzo de 2024, el valor máximo por minuto para vehículos quedó en $163 y para motos en $114. Las bicicletas mantienen su valor en $10
Para el caso de los carros y las motocicletas, los precios varían dependiendo del nivel de servicio (infraestructura y cantidad de cupos), de la demanda zonal (ubicación geográfica del estacionamiento) y del tipo de vehículo.
Los prestadores de este servicio, como requisito previo al cobro de las nuevas tarifas, deben estar inscritos en el Registro Distrital de Estacionamientos con la información actualizada de sus establecimientos y tarifas.
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Así mismo señalan que “el Gobierno Nacional mediante el Decreto 2292 de 2023 “Por el cual se fija el salario mínimo mensual legal”, para el año 2024 fijó el salario mínimo legal mensual vigente en la suma de $1.300.000 pesos, que representa una variación del 12,07% en comparación con el salario mínimo legal fijado para el año 2023.
Que según el comunicado de prensa emitido por el DANE el 9 de enero de 2024, en el mes de diciembre de 2023, el IPC registró una variación de 9,28% en comparación con diciembre de 2022.
Que el artículo 22, de dicho decreto establece que dicha estrategia “Tiene como propósito mejorar las condiciones de movilidad de todas y todos los actores viales a través de una mayor fluidez del tránsito y una reducción de las externalidades negativas de la movilidad mediante el uso eficiente y racional de automóviles y motocicletas.”, para lo cual la administración distrital “Ofrecerá incentivos, servicios e infraestructura para aumentar la movilidad activa y eléctrica, fomentará la movilidad compartida y consolidará el sistema inteligente de estacionamientos - SIE-, con enfoque en el fortalecimiento del estacionamiento en vía y el fortalecimiento de zonas de valet parking y zonas amarillas”.
El parágrafo del artículo 4°, estableció que la actualización de la tarifa por minuto a pagar por cajón de estacionamiento en vía: “se deberá realizar en el primer trimestre de cada año, y se establecerá según el comportamiento de la canasta de costos, en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Índice de Costos de la Construcción Pesada (ICCP) y el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV)”.
Cabe señalar que el valor aplicable de la tarifa en cada una de las áreas de implementación, será definido por la Secretaría Distrital de Movilidad de oficio o por solicitud del operador, quien dentro del primer trimestre del año realizará una propuesta de las tarifas a cobrar a los usuarios, “respetando los rangos tarifarios definidos en el presente decreto. La Secretaría Distrital de Movilidad contará con diez (10) días hábiles para aprobar la tarifa propuesta por el operador y expedirá el acto administrativo correspondiente”.