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Bernardo Moreno: su condena por Yidispolítica provocó conflicto entre dos altas cortes

El exsecretario del Gobierno Uribe radicó una tutela en la Corte Constitucional con la que busca anular su condena en la Corte Suprema.

29 de septiembre de 2025, 1:21 p. m.
Bernardo Moreno
Bernardo Moreno, exsecretario del expresidente Álvaro Uribe Vélez. | Foto: Daniel Reina Semana

El exsecretario del expresidente Álvaro Uribe Vélez, Bernardo Moreno, acaba de abrir un nuevo capítulo en la larga investigación que ha cargado en su contra por el famoso caso de la Yidispolítica. La Corte Suprema lo condenó a más de cinco años de cárcel y le dio el beneficio de prisión domiciliaria.

Pero unas semanas después de que se conociera esa decisión trascendental dentro de su proceso, Moreno presentó una tutela que seleccionó la Corte Constitucional, donde alegaba que le violaron sus derechos al debido proceso, a la favorabilidad, a la libertad y al acceso a la administración de justicia en condiciones de igualdad.

El magistrado Juan Carlos Cortés, de la Corte Constitucional, explicó en un oficio que el exsecretario “solicitó en varias oportunidades la declaratoria de prescripción de la acción penal; sin embargo, tanto la Fiscalía como la Corte Suprema de Justicia rechazaron dichas solicitudes. Como fundamento para tal decisión, las autoridades aplicaron el incremento punitivo previsto en el artículo 31 del Código Penal para el delito continuado”.

Bernardo Moreno expresó que dicha interpretación fue “novedosa”, por lo que consideró que la decisión vulneró “múltiples garantías fundamentales”. Con ese argumento, le pidió a la Corte Constitucional tumbar la sentencia en su contra y, en cambio, emitir una providencia sobre circunstancias que ya estaban consolidadas.

Juan Carlos Cortés, magistrado
Juan Carlos Cortés, magistrado de la Corte Constitucional. | Foto: Corte Constitucional

Con la aceptación de la tutela, la Corte Constitucional resolvió “oficiar, por conducto de la Secretaría General de la Corte Constitucional, a la Relatoría de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia para que, en el término de tres (3) días hábiles contados a partir de la notificación de este auto, REMITA las sentencias del 1.º de julio de 2005 (Rad. 23703), del 18 de junio de 2008 (Rad. 28.562) y cualquiera otra que haga referencia a estas o trate el tema de la aplicación del aumento punitivo”.

Asimismo, la Sala Especial de Primera Instancia tuvo 3 días hábiles para remitir una copia íntegra del expediente penal. Además, el magistrado Cortés invitó al Observatorio de Criminología de la Universidad Nacional y a varios expertos para que presenten sus conceptos sobre la figura del delito continuado.

El reclamo de la Corte Suprema

El 25 de septiembre, un día después de que la Corte Constitucional expidió dicho oficio, los nueve magistrados de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema, expidieron otro oficio de ocho páginas dirigido a su colega, el magistrado Juan Carlos Cortés.

Para la Corte Suprema resulta “equivocado, por lo tanto, decretar pruebas técnicas de carácter jurídico, dentro de un trámite sobre derechos fundamentales, con destino a un juez que tiene la competencia normativa para decidir sobre el alcance de los derechos fundamentales”.

La magistrada Myriam Ávila Roldán de la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia dijo que el uniformado se encontraba en condiciones emocionales extremas, incluso que lo llevaron a un intento de suicidio en momentos anteriores al que debía presentarse a su unidad en Sogamoso
La magistrada Myriam Ávila Roldán, es la presidenta de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema. | Foto: Corte Suprema de Justicia/Twitter/ @CorteSupremaJ/Captura de video

Sobre la convocatoria de instituciones académicas para que den sus conceptos sobre el delito continuado, los magistrados de la Sala de Casación Penal consideraron que esa decisión “constituye un desacierto probatorio”, pero también advirtieron que “puede tener un impacto negativo, muy significativo, en la doctrina de la tutela contra providencias judiciales”.

La Corte Suprema también reiteró que las tutelas solo examinan tesis sobre las posibles afectaciones de derechos fundamentales, por lo que este tipo de procesos no son el escenario para la construcción de jurisprudencia.

La decisión de ordenar la prueba en mención no solo constituye una equivocación. El problema anotado puede tener una repercusión aún más delicada. La Sala de Casación Penal observa con preocupación que la orden de solicitar “conceptos técnicos” sobre cuestiones jurídicas tiene la potencialidad de causar un impacto negativo", dijeron los magistrados de la Sala Penal en el documento.

Desde la Corte Suprema también manifestaron que el decreto de esos conceptos tendría que basarse en la tutela, sin considerar su conducencia ni la autonomía e independencia judicial. El debate queda abierto.