Judicial
Carlos Ramón González no aceptó los tres cargos que le imputó la Fiscalía por corrupción en la UNGRD. “Todas son calumnias”
El exdirector del Dapre se enfrenta a una condena de 22 años de cárcel si es hallado culpable.

Desde un lugar desconocido, el exdirector del Departamento Administrativo para la Presidencia de la República (Dapre), Carlos Ramón González, no aceptó su responsabilidad en los tres delitos que le imputó este miércoles la Fiscalía General por su presunta responsabilidad en el escándalo de corrupción en la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).
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Tras la pregunta del magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, con función de control de garantías, el exfuncionario manifestó que después de consultar con su abogado no va aceptar los cargos imputados.
“No acepto los cargos, ya que todas son calumnias sin fundamento”, respondió el exdirector del Dapre, quien asistió a la audiencia de manera virtual.
En su intervención, que no duró más de una hora, el fiscal once delegado ante la Corte Suprema de Justicia, Gabriel Sandoval, señaló que Carlos Ramón González dio instrucciones precisas para que se desviaran millonarios recursos de los contratos de la UNGRD.
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Estos recursos fueron destinados a los entonces presidentes del Senado, Iván Name, y de la Cámara de Representantes, Andrés Calle, con el fin de que apoyaran los proyectos que iba a presentar el gobierno de Gustavo Petro ante el Congreso.

Por esto, le imputó los delitos de cohecho por dar u ofrecer, peculado por apropiación en favor de terceros y lavado de activos.
En su intervención, el fiscal señaló claramente que el exdirector del Dapre se puede enfrentar a una pena de 22 años de prisión si es hallado culpable.
“Conforme con estos hechos, usted, señor Carlos Ramón González, está llamado a responder así: en calidad de autor a título de dolo de la conducta punible de cohecho por dar u ofrecer (...) incurrirá en prisión de 48 a 108 meses, multa de 66,66 a 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de 80 a 144″, precisó el fiscal.
“La segunda conducta se le imputa a título de determinador realizada con dolo, conducta de peculado por apropiación en favor de terceros agravado, previsto en el artículo 397 de la norma sustancial que consagra que el servidor público que se apropie en provecho suyo o de un tercero de bienes del Estado, o de empresas o instituciones en que este tenga parte, o de bienes o fondos parafiscales o de bienes de particulares cuya administración, tenencia o custodia se haya confiado por razón o por ocasión de sus funciones, incurrirá en prisión de 96 a 207 meses y multa equivalente al valor de lo apropiado sin que supere los 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término”, detalló.
“En cuanto al tercer y último delito, la forma de intervención criminal fue determinador a título de dolo de la conducta punible de lavado de activos prevista (...) incurrirá por esa sola conducta en prisión de 10 a 30 años y multa de mil a cincuenta mil salarios mínimos legales mensuales vigentes. Igualmente, le es adjudicable a usted, señor Carlos Ramón González, la circunstancia de menor punibilidad del numeral primero del artículo 55 del Código Penal, esto es, carencia de antecedentes penales, y las circunstancias de mayor punibilidad”, complementó.
Por la gravedad de los hechos, la Fiscalía le pedirá al magistrado que cobije con medida de aseguramiento privativa de la libertad al exfuncionario.
La diligencia se reanudará el próximo viernes 6 de junio a partir de las 9 de la mañana.