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Caso Cafesalud: Contraloría profirió fallo por $90.797 millones contra tres exdirectivos por irregularidades y sobrecostos en medicamentos
Entre los declarados responsables fiscales se encuentran los entonces presidentes Guillermo Grosso, Carlos Cardona y Luis Guillermo Vélez.
La Contraloría General de la República, a través de la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción, emitió un fallo con responsabilidad fiscal contra tres directivos de la entonces Cafesalud EPS por irregularidades en pagos a prestadores, utilización de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud con destino diferente a la prevista en la ley y sobrecostos en medicamentos durante la vigencia 2016.
El fallo, emitido mediante auto 0784 del 9 de mayo de 2023, establece una cuantía de $90.797 millones en contra de los responsables fiscales de Cafesalud EPS S.A.
Entre los declarados responsables fiscales por la Contraloría General se encuentran los entonces presidentes de Cafesalud, Guillermo Enrique Grosso Sandoval, Carlos Alberto Cardona y Luis Guillermo Vélez, y otros directivos de Cafesalud; así como el representante legal de Saludcoop.
La investigación del contralor delegado intersectorial contra la corrupción determinó que se realizó un giro a favor de la Corporación IPS Saludcoop por concepto de anticipo para la prestación de servicios de salud sin que se hubieran prestado los servicios, lo que resultó en una omisión de los responsables fiscales de revisar la contabilidad y soportes de los pagos de la EPS. Se falló por este hecho por una cuantía de $28.341 millones.
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Además, la Contraloría investigó la omisión injustificada en la presentación de los soportes del crédito dentro del proceso de liquidación de la IPS Saludcoop.
Estableció también que “cuando se radicó la acreencia por parte de Cafesalud ante esta no estuvo legalmente soportada y nunca fue subsanada tal situación, ocasionando la perdida de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), por una cuantía indexada de $31.407 millones”.
De igual forma, el organismo de control, determinó que Cafesalud utilizó recursos del SGSSS para fines diferentes a los indicados por la ley.
En la vigencia 2016, pagaron a la Cooperativa Progressa la obligación que había adquirido Saludcoop en virtud del acuerdo de cesión de obligaciones del 21 de diciembre de 2015 que no tenía relación alguna con la prestación de servicios de salud. En este caso, se falló por un valor de $14.072 millones.
Asimismo, con recursos del SGSSS, “se autorizó en 2016 la adquisición de activos fijos por $15.979 millones tales como remodelaciones de sedes administrativas, compra de muebles y enseres para Cafesalud, pese a que los recursos girados por el Fosyga, hoy la Adres, gozan de destinación específica”.
El fallo de la Contraloría General de la República representa una medida importante en la lucha contra la corrupción en el sector salud y en la protección de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Investigación por sobrecostos de medicamentos
La Contraloría estableció que “Cafesalud EPS autorizó el pago a la Cooperativa Epsifarma de medicamentos que incurrían en sobrecostos, a pesar de no tener justificación alguna y pese a que tenían conocimiento de tal situación, no se llevó cabo ninguna gestión para evitarlo”. El fallo en este caso se dio por una cuantía de $964.933.405.
El ente de control también investigó un pago por concepto de prestación de servicios de transporte por valor de $31.547.468, “cuya fuente de financiación fueron los recursos de Cafesalud, en tanto que los servicios se prestaron para transportar a trabajadores de Saludcoop en liquidación”.
Cabe recordar que Guillermo Grosso, agente interventor de SaludCoop entre los años 2013-2015, fue inhabilitado por 12 años para ejercer cargos públicos por parte de la Procuraduría General. En el fallo se advierte que su gestión fue deficiente y ocasionó riesgosas condiciones en la prestación del servicio de salud a casi siete millones de usuarios.
El Ministerio Público manifestó que Grosso desatendió las directrices dadas por el Ministerio de Salud frente al seguimiento a los indicadores de calidad y alertas tempranas, así como en la cobertura y acceso de los usuarios a la red prestadora de servicios de salud.