El general Mauricio Santoyo está procesado por el presunto delito de desaparición forzada. Al menos diez generales del Ejército tienen procesos empantanados, la mayoría por falsos positivos. | Foto: afp

JUSTICIA

El efecto Santoyo en el búnker

La JEP devolvió a la Fiscalía el expediente del general Mauricio Santoyo con la orden de que agote la investigación y defina si acusa o precluye. Como ese hay cientos de procesos indefinidos de altos oficiales, empezando por el del general Mario Montoya. ¿Qué ocurrirá?

15 de marzo de 2020

Esta semana, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tomó una decisión que lleva a la Fiscalía a la hora de la verdad frente a los procesos de altos oficiales investigados por crímenes de guerra. En los despachos del búnker existen una decena de procesos que involucran a generales del Ejército en delitos de lesa humanidad y, por lo menos, 130 que comprometen a igual número de coroneles. Esos expedientes tienen en común que han pasado los años sin llegar a definiciones concretas.

Entre los sumarios empantanados está el del general retirado de la Policía Mauricio Santoyo. La JEP acaba de devolver su expediente al búnker con la orden de calificarlo antes de remitirlo al Tribunal para la Paz. Es decir que la Fiscalía no puede simplemente enviar los procesos a los magistrados de paz sin agotar la investigación y fijar una postura.

Una decena de generales y cerca de 130 coroneles del Ejército tienen procesos no resueltos en la Fiscalía.

El particular caso de Santoyo servirá de referencia para lo que viene. El oficial retirado pagó condena en Estados Unidos, donde confesó haber apoyado a grupos paramilitares entre 2001 y 2008. Ese periodo incluye los cuatro años en que el general sirvió como jefe de Seguridad de la Casa de Nariño, durante el primer gobierno de Álvaro Uribe. En abril del año pasado, el general regresó a Bogotá, deportado por las autoridades gringas.

El general Mario Montoya es un compareciente ante la JEP. Su proceso en la justicia ordinaria por presuntas ejecuciones extrajudiciales entró en pausa sin llegar a la etapa de imputación.

A Santoyo lo recibió una orden de captura expedida por un fiscal especializado de la Dirección contra las Violaciones a los Derechos Humanos. La providencia corresponde a un expediente en el que le endilgan cargos de concierto para delinquir y desaparición forzada. Se trata del caso de Claudia Monsalve y Ángel Quintero, dos miembros de la organización Asfades, desaparecidos en Medellín el 6 de octubre de 2000.

Santoyo no ha manifestado interés en someterse a la JEP para resolver sus líos judiciales, pero por tratarse de un exintegrante de la fuerza pública su comparecencia es obligatoria. En virtud de eso y considerando que los hechos investigados se relacionan con el conflicto armado, el fiscal a cargo suspendió el caso y remitió copia del expediente a la JEP. El miércoles, luego de meses de análisis, la JEP produjo un auto con conclusiones que tendrán un impacto más allá del expediente de Santoyo.

Los magistrados asumieron la competencia “exclusiva y prevalente” del caso. Y ordenaron al general firmar en los próximos días el acta de sometimiento. Además, dispusieron el retorno del expediente a la Fiscalía para que concluya la investigación y califique el sumario. Es decir, para que formule acusación o preclusión, lo que proceda según su criterio.

La JEP argumenta, apoyada en pronunciamientos de la Corte Constitucional, que el traslado de expedientes entre jurisdicciones no opera “de forma simple y automática”. Y reconociendo competencias “concurrentes y simultáneas”, indicó que los procesos en la justicia ordinaria no se suspenden hasta tanto hayan superado la fase investigativa “con la calificación en firme del mérito del sumario o la culminación de la audiencia de acusación”. Eso significa que emplaza a la Fiscalía para tomar las definiciones que ha aplazado por lustros.

Cuando arrancó la JEP, hace dos años, la Fiscalía perdió competencia para decidir de fondo frente a miembros de la fuerza pública y exguerrilleros sometidos a la JEP. Con ese entendido, el búnker se limitó a remitir los expedientes requeridos por los magistrados de paz en el estado en que estuvieran. Pero eso cambia con la determinación de esta semana. Los expedientes seguirán de competencia de la JEP, aunque la Fiscalía tendrá que calificarlos. El argumento de fondo es que la parálisis de los procesos solo contribuye a la prescripción, es decir, a la impunidad.

Así las cosas, la justicia ordinaria tendría que reactivar las investigaciones contra los máximos responsables por los llamados falsos positivos hasta la etapa de acusación o preclusión. Aproximadamente, son 290 investigaciones, entre las cuales resaltan 130 que comprometen a coroneles por estos hechos y están pendientes de imputación o acusación. Algunas tienen que ver con los “casos potenciales” identificados por la Corte Penal Internacional en el examen preliminar que adelanta sobre la situación de Colombia.

Sin duda, el proceso más complejo y relevante es el del general Mario Montoya, excomandante del Ejército. Montoya está compareciendo en la JEP, en la que ha dicho que nunca dio una orden ilegal y que no tiene responsabilidad en el fenómeno de los falsos positivos. Entre tanto, el expediente en la justicia ordinaria quedó suspendido. La Fiscalía investigó al general por sus presuntos vínculos con paramilitares en el marco de la Operación Orión y su responsabilidad en casos de falsos positivos como comandante del Ejército entre 2006 y 2008. En esa época, el fenómeno “conoció su etapa más crítica”, según el informe presentado por el búnker a la JEP sobre falsos positivos. La pauta del caso Santoyo indica que la Fiscalía debe reactivarlo, imputación que nunca concretó.

En situación similar están, por ejemplo, los generales del Ejército Justo Eliseo Peña Sánchez, Paulino Coronado Gámez, Luis Roberto Pico Hernández, Jorge Arturo Salgado Restrepo, Jorge Ernesto Rodríguez y Juan Pablo Rodríguez Barragán. Sus procesos, así como los de 130 coroneles, estaban en etapa de investigación y pendientes de imputación, preclusión o indagatoria.

Pero la providencia de la JEP no está exenta de debate, incluso en la misma jurisdicción. La magistrada Sandra Jeannette Castro aclaró su voto y se apartó del criterio mayoritario de sus compañeros de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas. La togada considera que, una vez que la JEP ha asumido la competencia prevalente sobre un caso, la Fiscalía debe abstenerse de adoptar decisiones que impliquen cualquier valoración de responsabilidad.

En ese mismo entendido, el fiscal general encargado Fabio Espitia expidió el año pasado una circular en la que les prohibió a sus fiscales adoptar decisiones que implicaran determinar responsabilidad de investigados que, al mismo tiempo, fueran comparecientes ante la JEP. Por eso, es muy posible que la Corte Constitucional, autoridad encargada de dirimir los conflictos entre la justicia ordinaria y la JEP, deba definir el nuevo dilema que plantea el caso Santoyo.