El policía Harby Damián Rodríguez fue capturado en la tarde del jueves por la Fiscalía General.
A la izquierda Javier Ordóñez, en el centro su agresión y a la derecha el policía Harby Damián Rodríguez | Foto: Fotomontaje / SEMANA

Nación

Caso Javier Ordóñez: médico forense revela causas exactas de la muerte

José Cuellar, médico forense y profesor universitario, entregó más detalles durante el juicio disciplinario virtual que adelanta la Procuraduría.

8 de octubre de 2020

José Cuellar, médico forense y profesor universitario, declaró en el juicio disciplinario que avanza de manera virtual en la Procuraduría y su testimonio dejó en evidencia las causas que provocaron la muerte de Javier Ordóñez el pasado 9 de septiembre en el occidente de Bogotá.

El funcionario de Medicina Legal explicó en detalle cómo la muerte de Javier Ordóñez tiene origen en diferentes golpes en la zona abdominal, que alejan la hipótesis de que el fallecimiento está relacionado con los disparos de la pistola taser usada por los uniformados de la Policía Nacional cuando intentaron, por más de cinco minutos, reducir a Ordóñez para esposarlo y trasladarlo hasta un CAI.

El forense fue el encargado de hacer la necropsia y ante la Procuraduría explicó que la muerte fue consecuencia de una hemorragia interna, que a su vez ocurre por el estallido de un riñón. “Es un trauma cerrado y la sangre se queda adentro. No podría haber salido sangre del cuerpo debido a estos traumas, ya que no es un trauma perforante que permita comunicación al exterior”, señaló el médico forense al leer e interpretar los resultados de la necropsia.

El forense explicó que es básicamente improbable que las lesiones fueran autoinfligidas, es decir, que el mismo estudiante de derecho Javier Ordóñez se causara las heridas. Para el médicos, los golpes que provocaron el estallido del riñón requirieron un elevado grado de contundencia, de fuerza, para generar una hemorragia interna.

Yo describo en el informe livideces dorsales, o sea en la espalda, que son fijas. Son fijas porque al hacer la necropsia estas no se blanquean. Hay que hacer una aclaración: las livideces solamente aparecen cuando la persona ya ha perdido los signos vitales, cuando no hay circulación activa; entonces no se determina que estas se producen cuando la persona está con vida, cuando se ha detenido por completo la circulación”, explicó el forense en su declaración ante la Procuraduría.

Los dos uniformados capturados por este caso, Harby Damián Rodríguez y Juan Camilo Lloreda, acompañaron las diligencias desde su sitio de reclusión en la cárcel para policías en el municipio de Facatativá, en Cundinamarca. Ellos escucharon la declaración del legista, al igual que a la representación de víctimas, la familia de Javier Ordóñez.

La Procuraduría abrió al público la audiencia y ese gesto de transparencia le permite al país conocer los detalles del caso y omitir falsas informaciones que circularon por las redes sociales sobre supuestas causas de la muerte del estudiante de derecho Javier Ordóñez. El forense, el doctor Cuéllar, aseguró que Ordóñez, la víctima en este caso, perdió 3.500 centímetros de sangre que más tarde provocó pérdida de la circulación y la falta de oxígeno en varios órganos del cuerpo.

Al perder sangre, se deja de cumplir el propósito o la función en el organismo humano, que es oxigenar los órganos, llevar productos del metabolismo y sacar del metabolismo los desechos. Eso tiene implicaciones fisiológicas. Al no haber suficiente sangre, las funciones son alteradas, se pierden por completo”, resaltó a partir de su experiencia el legista del instituto forense.

El proceso en la Procuraduría apenas arranca, mientras que en la Fiscalía ya se cumplió con la imputación de cargos, y por cuenta de esa imputación los dos uniformados permanecen detenidos a la espera de definir si el proceso pasa a la justicia penal militar, como lo solicitó la defensa de los policías. La Fiscalía insiste en que las lesiones o torturas, como lo dejaron en claro en la imputación, no son parte de las funciones propias de la Policía, por lo cual el proceso debe permanecer en la justicia ordinaria.