Judicial

Chuzadas a Marelbys Meza: el fuerte reclamo de la jueza a los dos policías que falsificaron el informe de inteligencia

El capitán Carlos Andrés Correa y el patrullero Jhon Fredi Morales fueron sentenciados por presentar un documento falso ante un fiscal del Chocó.

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20 de octubre de 2025, 7:45 p. m.
   Las comunicaciones de Fabiola Perea y Marelbys Meza fueron interceptadas luego del robo en el apartamento de Laura Sarabia.
Dos policías fueron condenados por las chuzadas a Marelbys Meza y Fabiola Perea, quienes laboraban en la vivienda de Laura Sarabia. | Foto: Presidencia / suministrada a semana api / juan carlos sierra-semana

El próximo martes 28 de octubre se conocerá el monto de la condena contra el capitán de la Policía Nacional, Carlos Andrés Correa Loaiza, y el patrullero adscrito a la Sijín, Jhon Fredi Morales Cárdenas.

Esto después que la jueza 53 de conocimiento de Bogotá los hallara responsables de haber falsificado un informe de inteligencia que llevó a las interceptaciones telefónicas de Marelbys Meza y Fabiola Perea, quienes laboraban en la residencia de la entonces jefa del Gabinete presidencial, Laura Sarabia Torres.

Para la jueza, con su actitud quisieron afectar la administración de justicia, puesto que presentaron un documento oficial para inducir en error a un fiscal que investigaba las acciones del Clan del Golfo en el departamento del Chocó.

“Los informes técnicos elaborados (...) confirmaron que las líneas interceptadas correspondían a mujeres en Bogotá, Soacha, cuyas comunicaciones eran estrictamente familiares, sin vínculos con estructuras criminales, resultados que desmintieron el supuesto nexo criminal”, advirtió la jueza de conocimiento.

Para la presentación de estos informes se citó una “fuente humana” totalmente inexistente para achacarle la entrega de estos dos abonados telefónicos a los que vinculaban con la estructura ilegal comandada por alias Siopas.

En este sentido aseveró que el informe reseñaba hechos totalmente ajenos a la realidad, puesto que los abonados telefónicos los ubicaba en el Chocó cuando las celdas marcaban que se movían entre el norte y el sur de Bogotá, y el municipio de Soacha de Cundinamarca.

A esto se le suma que se intentó darle fuerza al informe citando unos supuestos alias de estas mujeres no estaban registrados por ninguna autoridad.

“Como se observó, los oficios recaudados por el investigador se descartó su presencia en sus dichos departamentos de Antioquia, Valle del Cauca y Chocó y tan solo en una respuesta aislada se aludió a un registro en el Norte de Santander”, explicó la funcionaria judicial.

“Esta divergencia, lejos de sustentar la existencia real de los alias, deja en evidencia la inconsistencia material de la información consignada en los informes, puesto que el propio documento acusado aseguraba que los abonados habían sido verificados, mientras que la única referencia ya situaba a una de esas denominaciones en una región distinta, lo que constituye un signo inequívoco de falsedad”, añadió.

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Finalmente, para la jueza, las pruebas presentadas por la Fiscalía General permitieron concluir que patrullero Morales disponía de acceso a bases de datos oficiales para adelantar cruces de información y consultas institucionales, lo que le permitía corroborar información.

“El reproche no se dirige a la ausencia de una previsión normativa sobre una suerte de protocolo de verificación, sino a que los acusados afirmaron haber cumplido con una diligencia que en realidad nunca se ejecutó, lo que constituye la falsedad ideológica de los documentos públicos”, indicó la jueza

Condena ejemplar

Tras conocer el sentido del fallo, la fiscal del caso y la representante de Marelbys Meza pidieron que se emita una sentencia ejemplarizante al considerar que con su actuar afectaron la administración de justicia.

Los dos policías fueron condenados en primera instancia por los delitos de fraude procesal, falsedad material en documento público, falsedad ideológica en documento público e interceptación ilícita de comunicaciones.