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Condenada exgobernadora del Huila, Cielo González, por irregularidades en contrato para explotar aguardiente
La exmandataria deberá responder por los delitos de interés indebido en la celebración de contratos, falsedad ideológica en documento público y peculado por apropiación.
La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a la exgobernadora del Huila, Cielo Gonzáles, por las irregularidades que se habrían presentado en el contrato de concesión para explotar el aguardiente doble anis, el cual habría terminado de favores sin ninguna razón jurídica, a la Fábrica de Licores y Alcoholes de Antioquia (FLA).
El fallo de la Corte se dio después de “valorar en conjunto Ios elementos de conocimiento aducidos en el juicio de conformidad con las reglas de la sana crítica, concluye que la fiscalía demostró más allá de toda duda que la doctora CIELO GONZÅLEZ VILLA es responsable penalmente como autora de tres delitos de interés indebido en la celebración de contratos, en concurso homogéneo y sucesivo, en concurso heterogéneo con dos delitos de falsedad ideológica en documento público (artículo 286 idem), también en concurso homogéneo y sucesivo, por los cuales sera condenada”.
En ese fallo, el alto tribunal también explicó que la Fiscalía logró develar algunas irregularidades en el trámite y celebración de los tres contratos de concesión por parte de la otrora gobernadora del Huila, aparentemente para favorecer indebidamente a la Fábrica de Licores y Alcoholes de Antioquia (FLA).
Para la Corte Suprema, la forma en como actuó la exmandataria produjo un “en detrimento de los postulados de planeación, transparencia (íntimamente relacionado, entre otros, con el de publicidad), economía, Selección objetiva e igualdad (de estos dos últimos emerge el principio ellos orientadores de la función administrativa en general (artículo 209 Constitucional libre concurrencia)l y de la contratación estatal en particular”.
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Los hechos se habrían presentado en el año 2011, cuando se celebraron contratos que determinaban la producción y comercialización del licor. Pero cuando González llegó a la Gobernación del Huila, habría decidido declinar el proceso licitatorio para entregarlo de manera directa. Para la Fiscalía, en ese proceso se omitió la verificación por parte de la Secretaría de Hacienda y habría entregado documentos falsos para legalizar dicha contratación.
“Según el relato de los hechos jurídicamente relevantes de la acusación -en sus dos vertientes- la vulneración del axioma mencionado en el epígrafe se produjo porque en los estudios Previos no se hizo referencia a las opciones con las que contaba el departamento en el mercado para resolver la necesidad que se pretendía satisfacer”, fue otra de las irregularidades que detalló la Corte en su fallo condenatorio.
El documento también explica que en la fase precontractual se omitió decir que en Colombia existen varias licoreras públicas como las del Valle, Cauca, Caldas y Cundinamarca, entre otras, las cuales habían manifestado interés de contratar con la Gobernación del Huila, y hasta existía conocimiento por parte de Cielo González, teniendo en cuenta que les había solicitado cotizaciones a cada una.
En cuanto al principio de transparencia, “la gobernadora estaba obligada a acudir la licitación pública, toda vez que para la época de los hechos no existía ninguna ley que previera una modalidad distinta, por lo que era necesario acudir a la regla general prevista en el artículo 2O de la Ley 150 de 2007, como Io ha sostenido el Consejo de Estado”.
Dentro del proceso, el alto tribunal describió que también habría existido un peculado de 200 millones de pesos, teniendo en cuenta que con la celebración de los contratos se generaron compromisos para que utilidades fueran reinvertidas en otros conceptos como publicidad, pero dichas inversiones nunca se habrían realizado.