Judiciales

Consejo de Estado deja en firme elección de Jaime Dussán como presidente de Colpensiones

El alto tribunal ratificó el fallo proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

26 de julio de 2025, 9:35 p. m.
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Jaime Dussán, presidente de Colpensiones. | Foto: Guillermo Torres / Semana

La Sección Quinta del Consejo de Estado dejó en firme la designación de Jaime Dussán como presidente de Colpensiones, al ratificar el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

El fallo había negado las pretensiones de la senadora del Centro Democrático, Paloma Valencia, quien aseguró en su momento que Dussán no había convalidado sus títulos académicos en los tiempos reglamentarios.

La militante del partido Centro Democrático explicó que el exsenador y líder sindical no podía ejercer este cargo, porque no contaría con un título de posgrado que esté convalidado, tal y como lo exige la ley.

Según explicó la precandidata presidencial, Dussán aseguró en su hoja de vida que cuenta con una maestría en Dirección de Relaciones Públicas y Gabinetes de Comunicación, la cual había hecho en el exterior en el año 2015.

Recordó que los posgrados en el exterior no son válidos si no se encuentran convalidados ante el Ministerio de Educación, para lo cual, según el decreto 1083 de 2015, tenía hasta dos años para presentar la homologación.

Paloma Valencia y Jaime Dussán.
Paloma Valencia y Jaime Dussán. | Foto: FOTO1: SEMANA/FOTO2: SEMANA.

La senadora denunció que el presidente de Colpensiones no realizó este proceso y la fecha límite venció el 2 de diciembre del 2024. Sin embargo, tras presentar una demanda de acción de cumplimiento, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones de la congresista.

El Consejo de Estado señaló que “el solicitante debe asumir las consecuencias jurídicas de sus actos en la medida en que se encuentre bajo su responsabilidad efectuar la gestión respectiva. Pero una vez cumplida la parte de la gestión que a este corresponde, carece de razonabilidad atribuirle efectos que escapan a sus posibilidades y que son de la competencia de la entidad, ante la cual adelanta la actuación administrativa”.

Esto, teniendo en cuenta que Dussán radicó la solicitud de convalidación ante el Ministerio de Educación Nacional el 25 de enero de 2024, por lo cual se encuentra entre los términos que dicta la ley.

La extemporaneidad de dos meses, aproximadamente, en presentar el título debidamente homologado no puede atribuirse al doctor Jaime Dussán Calderón, pues la mora del Ministerio de Educación Nacional no es una carga que deba soportar el convalidante del título”, sentenció el fallo.