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Consejo de Estado le puso fin al proceso de pérdida de investidura contra Miguel Uribe por extinción de la acción

Al exsenador y exprecandidato presidencial del Centro Democrático, le demandaron la curul después del atentado que le quitó la vida.

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8 de octubre de 2025, 12:58 p. m.
Miguel Uribe Turbay, exsenador del Centro Democrático.
Miguel Uribe Turbay, exsenador del Centro Democrático. | Foto: Prensa Miguel Uribe

La Sala 22 Especial de Decisión del Consejo de Estado le cerró la puerta a Carlos Alberto Sánchez Grass, el líder sindical que demandó la investidura del senador Miguel Uribe Turbay, días después de que sufriera el atentado que finalmente le quitó la vida.

En un documento de 4 páginas, firmado por el presidente del Consejo de Estado, el magistrado Luis Alberto Álvarez Parra y otros cuatro de sus colegas, se confirmó que este proceso judicial quedó archivado después de la extinción de la acción.

El magistrado Luis Alberto Álvarez permanece hospitalizado en la Clínica Shaio en Bogotá.
El magistrado Luis Alberto Álvarez, presidente del Consejo de Estado. | Foto: El magistrado Luis Alberto Álvarez permanece hospitalizado en la Clínica Shaio en Bogotá.

De hecho, en el documento se declara “la extinción de la acción de pérdida de investidura adelantada en contra del señor Miguel Uribe Turbay, y en consecuencia, la terminación del proceso”.

Los cinco magistrados de la Sala 22 Especial de Decisión explicaron en su decisión que la ley no establece causales de extinción de la acción de pérdida de investidura y tampoco una regla para los casos en que en medio del proceso se produzca la muerte del congresista.

Carlos Alberto Sánchez Grass es quien puso la demanda de perdida de investidura de Miguel Uribe Turbay como senador.
Carlos Alberto Sánchez Grass puso la demanda de pérdida de investidura de Miguel Uribe Turbay como senador. | Foto: Redes sociales / El País

Hasta destacaron que “los aspectos no contemplados en esta ley se seguirá el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y de forma subsidiaria el Código General del Proceso; sin embargo, en esas disposiciones tampoco existe, como forma de terminación anormal del proceso, la muerte".

Pero el Código General Disciplinario y el Código Penal sí tienen la figura de terminación anormal del proceso ante la muerte del disciplinado, en este caso, el exsenador Uribe Turbay, demandado por supuestamente hacer actos proselitistas y de precampaña política ese 7 de junio de este año en un parque de la localidad de Fontibón, en Bogotá.

Sin embargo, desde el alto tribunal destacaron que “es menester adentrarse en la naturaleza de la acción de pérdida de investidura, para señalar que, dado su carácter sancionatorio y personal, pues hace parte del ius puniendi del Estado; al haber fallecido el congresista acusado, el proceso no puede continuar”.

Para los magistrados que tomaron esta decisión, la acción de pérdida de investidura se “extinguió” en este caso, después de que el exprecandidato presidencial murió dos meses después de que un menor de edad le propinó varios disparos con arma de fuego en medio de un mitín político en el parque El Golfito.

Esta demanda generó gran indignación y rechazo, pues el líder sindical Carlos Alberto Sánchez, demandó la permanencia de Miguel Uribe Turbay en el Congreso, mientras se debatía entre la vida y la muerte en la Fundación Santa Fe, en Bogotá, donde duró casi dos meses hospitalizado hasta su fallecimiento.