Nación

Consejo de Estado suspende provisionalmente el ‘decretazo’ de Gustavo Petro que convoca a la consulta popular

La Sección Quinta admitió las medidas cautelares, pedidas en una demanda contra el Decreto 0639 de 2025.

18 de junio de 2025, 8:16 p. m.
Visita presidente Gustavo Petro a Cali
Visita de presidente Gustavo Petro a Cali con motivo de la firma del 'decretazo'. | Foto: Aymer Andrés Álvarez

El Consejo de Estado le acaba de dar un duro golpe al Gobierno del presidente Gustavo Petro, puesto que ordenó suspender provisionalmente el decreto por el cual convocó la consulta popular nacional. La decisión se dio como respuesta a una demanda contra el conocido ‘decretazo’ del jefe de Estado.

La Sección Quinta del alto tribunal detalló que dicha demanda fue admitida después de que se pudo concluir que era un acto electoral, emitido por una autoridad del orden nacional, que buscaba un mecanismo de participación ciudadana como la consulta popular.

Así se detalló en la providencia: “La Sección Quinta es competente para adelantar el trámite del medio de control de nulidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 149.1 del CPACA y el artículo 13 del Acuerdo 80 de 2019 (modificado por el Acuerdo 434 de 2024 de la Sala Plena de esta corporación)”.

Pero la demanda contra el ‘decretazo’ de la consulta popular también iba acompañada con una medida cautelar que ahora deja sin efectos jurídicos la herramienta con la que el presidente Petro pretendía llevar a los colombianos a las urnas.

Presidente Gustavo Petro firmó la consulta popular
Presidente Gustavo Petro firmó la consulta popular. | Foto: Foto Presidencia

“En ejercicio de una medida cautelar de urgencia, solicitada por el demandante, y en aplicación del artículo 234 de la Ley 1437 de 2011, suspendió los efectos jurídicos del Decreto 0639 de 2025, al advertir que fue expedido sin el concepto previo favorable del Senado de la República, en los términos previstos en el artículo 104 de la Constitución”, indica la demanda.

Dicha demanda fue radicada por algunos congresistas como el presidente del Senado, Efraín Cepeda, y Nadia Blel, quienes han alegado en diferentes instancias que a pesar de que el Senado de la República emitió un concepto “desfavorable” sobre la consulta popular, el presidente Petro desestimó la decisión del Legislativo y decidió expedirla por decreto.

Registrador Hernán Penagos LE RESPONDE a Gustavo Petro por la consulta popular | El Debate

“En ese orden de ideas, debe señalarse que de la lectura de los artículos 104 de la Constitución Política, y 50 y 31 b) de las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, respectivamente, se concluye la exigencia de que, previo a convocar al pueblo una decisión de trascendencia nacional, se requiere concepto favorable del Senado de la República, el cual, en efecto, en este preciso caso no existe”, señala la providencia.

La decisión se conoció un día después de la tormenta política que desató el registrador nacional, Hernán Penagos, después de dejar en manos de las altas cortes el futuro de la consulta popular. De hecho, el ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, evalúa denuncia penalmente a Penagos por prevaricato. Por su parte, el presidente Petro lo acusó de “sedición”.