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Crece la polémica por la reforma pensional: Procuraduría no considera “requisito” las pruebas solicitadas por la Corte

El ente de control respondió a una solicitud para que conceptuara sobre la interpretación constitucional del trámite de aprobación de actas de las sesiones de la Cámara.

19 de septiembre de 2025, 2:11 p. m.
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Magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, presidente de la Corte Constitucional, y Gregorio Eljach, procurador General. | Foto: No

Hasta este viernes, 19 de septiembre, la Cámara de Representantes tiene plazo para enviar las actas de aprobación de las sesiones extraordinarias que subsanaron los vicios de trámite de la reforma pensional. Sin embargo, mientras llegan esas pruebas, surgió otro obstáculo para esta iniciativa, que ha generado varias tensiones entre el presidente Petro y la Corte Constitucional.

Como respuesta a una solicitud de concepto sobre la interpretación constitucional del trámite de aprobación de actas de las sesiones de la Cámara de Representantes, el Procurador General de la Nación, Gregorio Eljach, consideró que no es un “requisito” las pruebas que ha estado solicitando el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, ponente de la demanda de la senadora Paloma Valencia en este proceso.

La Procuraduría recordó que el propio reglamento del Congreso tiene un trámite para aprobar dichas actas, pero no hay un término fijo para esos actos y se limita a señalar que dicho documento queda aprobado antes de cerrarse la reunión de la última sesión.

Por lo que Eljach, en su concepto, detalló: “El Reglamento del Congreso tampoco prevé una consecuencia jurídica para la ausencia de aprobación o la improbación de las actas. De hecho, lo que se hace es que, cuando las actas no son aprobadas, son revisadas y modificadas para atender las observaciones realizadas por los congresistas, y son sometidas nuevamente a votación”.

Alocución Gustavo Petro
El presidente Petro ha cuestionado en varias ocasiones al magistrado Ibáñez por la pensional. | Foto: Presidencia

Para la Procuraduría, esa es una garantía de que las actas reflejen lo que sucedió durante las sesiones, conforme al sentir de la plenaria de la Cámara de Representantes. Asimismo, recordó que la propia Corte Constitucional ha reconocido que ese trámite legislativo puede acreditarse a través de otros medios.

El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, presidente de la Corte Constitucional, le ha insistido en varias oportunidades a la Cámara de Representantes y le dio un ultimátum hasta este viernes, 19 de septiembre, para que entregue las actas aprobadas de las sesiones extraordinarias del 27 y 28 de junio de este año, días en que se subsanaron los vicios de trámite que ese alto tribunal halló en el pasado.

Sede de la Procuraduría General de la Nación.
Sede de la Procuraduría General de la Nación. | Foto: Procuraduría

Eljach fue insistente en manifestar: “Es claro que las actas de las sesiones garantizan la transparencia del trámite legislativo, mas no constituyen un requisito específico que deba cumplirse para la aprobación de una ley. De allí que sea una, pero no la única prueba válida para acreditar el cumplimiento de los requisitos del procedimiento legislativo”.

Estas pruebas que ha venido solicitando el magistrado Ibáñez Najar para definir si se corrigió bien la reforma pensional, provocaron la molestia del ministro del Interior, Armando Benedetti, quien desde las instalaciones de la Cancillería lo señaló de estar cometiendo “acoso” contra esa reforma del Gobierno Petro.