Nación

Criadores de gallos de pelea piden tumbar fallo que prohibió su actividad

El alto tribunal vinculó esa decisión a la ley No Más Olé, la cual, prohibió las corridas de toros en Colombia.

GoogleSiga las noticias de SEMANA en Google Discover y manténgase informado

20 de octubre de 2025, 9:21 p. m.
En algunos lugares, en el marco de las peleas de gallos, los duelo de los animales  atan espuelas metálicas o cuchillas en las patas de los pollos para hacer 'más letal' su ataque.
Foto de referencia de peleas de gallos. | Foto: Getty Images/ SparklingOliveStudio

La Federación Colombiana de Criadores de Gallos de Combate en Bogotá (Fedegallos), radicó un documento de 17 páginas a la Corte Constitucional, pidiendo anular la decisión que prohibió su actividad tras la decisión sobre la constitucionalidad de la ley No Más Olé, la cual, restringió las corridas de toros en Colombia.

Los integrantes del gremio gallístico argumentaron que la decisión de la Corte Constitucional, terminó vulnerando el derecho fundamental al debido proceso, teniendo en cuenta que las peleas de gallos no estaban estipuladas dentro de la ley que pasó por el Congreso de la República.

Fedegallos expuso que “desde el mismo momento en el que fueron radicados los proyectos de Ley en Senado y Cámara de Representantes, ninguno de ellos en su articulado hizo referencia a la actividad gallística o peleas de gallos como una de las actividades que serían materia de estudio y/o prohibición”.

Así mismo, explicaron que después de que pasó a sanción presidencial la ley No más Olé, ningún artículo establecía prohibición sobre actividades gallísticas o de peleas de gallos, sino que “el legislador la excluye junto con otras actividades, por varias razones, entre ellas, que cada actividad por contar con su propia identidad y particularidades”.

La Corte Constitucional aún no ha definido la suerte de la reforma pensional y eso tiene en vilo a empleadores, fondos privados, Colpensiones y operadores del sistema Pila.
Corte Constitucional. | Foto: cortesía corte

Para la Federación de Gallos de Combate, las pruebas demuestran que el Congreso nunca tuvo la intención de prohibir la actividad gallística o peleas de gallos, lo que para el gremio, se convierte en una vulneración del derecho fundamental del debido proceso.

“En este orden de ideas, se concluye y reitera que fue a partir de la Sentencia C 374 del 04 de septiembre de 2025 que se vulneró el debido proceso de los galleros, pues a pesar de no existir cargo frente nuestra actividad (...) de forma extraordinaria la Sala Plena de la Corte Constitucional toma la decisión de aplicar la misma regla de prohibición frente actividades que desde el origen del proyecto de ley”, dice el documento.

Las peleas de gallos fueron prohibidas por la Corte Constitucional, así como las corridas de toros, el rejoneo, novilladas, becerradas y tientas, decisión que provocó la reacción del gremio para anular ese fallo que se conoció el pasado 4 de septiembre.